Los magistrados de la Sala Constitucional rechazaron la consulta realizada por jueces del Tribunal Penal Especializado en Delincuencia Organizada sobre el caso de Manzanita.
“La Sala Constitucional, garante de la dignidad, los derechos y la libertad de las personas informa que, en la sesión del viernes 19 de julio de 2023, se declaró que no ha lugar a evacuar la consulta formulada por el Tribunal Penal Especializado en Delincuencia Organizada sobre el artículo 10 de la Ley de Creación de la Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada en Costa Rica”, informó la Sala.
LEA MÁS: Fiscal pide suspender juicio contra Manzanita debido a consulta de jueces a Sala Constitucional
La jueza Virginia Valverde y el juez Freddy Calderón presentaron ante la Sala Constitucional una consulta en el caso de Manzanita para que los magistrados se pronunciaran sobre la aplicación del artículo 10, al tener dudas de un aparente trato desigual en la tramitación que se asigne a una causa de crimen organizado, específicamente en la etapa de juicio.
La consulta no fue admitida porque “el tribunal consultante no emplazó a las partes del proceso, ni dispuso la suspensión del proceso en la resolución en cuestión. Por todo lo expuesto, este proceso carece de las formalidades requeridas por ley; y lo procedente es declararlo inevacuable”.
El juicio contra el imputado Dennis Cabrera y 12 personas más arrancó a las 9:35 a. m. en los Tribunales de San José, precisamente en la sala de Jurisdicción Especial de Delincuencia Organizada, luego de un gran atraso por la manifestación que mantuvo cerrada la autopista General Cañas esta mañana.
En el momento en que el fiscal Jiménez debía arrancar con la lectura de la acusación contra los imputados solicitó la suspensión del debate a raíz de ese expediente. Jiménez aseguró que él tuvo conocimiento hasta este miércoles, que ambos jueves presentaron la consulta constitucional, por lo que quería saber si era la del 6 de julio del 2023.
Al parecer, la duda está en que los jueces hicieron el análisis por medio de la ley 9481 (la Ley de Creación de la Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada en Costa Rica), pues en el caso de Manzanita se pasó a juzgar en la vía ordinaria a esta ley, en la que las penas son más gravosas y se viola el principio de igualdad para los sospechosos, lo que motivó a los jueces consultar a los magistrados.
El fiscal aseguró que si el juicio arranca dependiendo de la respuesta de la Sala Cuarta todo lo que se avance en el caso luego sería declarado nulo.
Los jueces citaron a las partes a la 1:30 de esta tarde para decidir si el juicio empezaba o no, sin embargo, la Sala Constitucional informó del rechazo del recurso antes.