Empleo Costa Rica

¿Falleció un familiar y tiene que trabajar? Aquí le contamos cuáles son sus derechos

En Costa Rica las personas trabajadoras tienen derecho a licencia remunerada por duelo, según el parentesco con la persona fallecida

EscucharEscuchar
¿Falleció un familiar y tiene que trabajar? Conozca sus derechos
Perder a un ser querido nunca es fácil. Por eso, la ley le da tiempo para vivir su duelo sin preocuparse por el trabajo.Foto: IA (IA /IA)

Perder a un familiar es una de las experiencias más duras que se pueden vivir, y muchas veces, la rutina laboral no permite que se dé ese espacio para sobrellevar el duelo.

Sin embargo, en nuestro país la Ley 10.589, protege a las personas trabajadoras que atraviesan este tipo de situaciones, garantizando días de licencia con goce de salario para sobrellevar el duelo y realizar los trámites necesarios sin presiones.

El abogado laboralista Kendall Ruiz explicó que esta protección está incorporada en el Código de Trabajo, y busca que las personas no tengan que escoger entre cumplir con sus obligaciones laborales o acompañar a su familia en un momento de pérdida.

“Cuando fallece un ser querido, la persona trabajadora tiene derecho a ausentarse sin que se le rebaje el salario. El número de días depende del grado de parentesco con la persona fallecida”, explicó Ruiz.

  • Primer grado de consanguinidad o afinidad: Padres e hijos (por consanguinidad) , suegros, yerno o nuera (por afinidad) cónyuge o conviviente en unión de hecho. En estos casos, la licencia es de tres días hábiles con goce de salario.
  • Segundo y tercer grado: Abuelos, nietos, (por consanguinidad) hermanos,(por relación colateral) cuñados, (por afinidad). En estos casos se otorga un día hábil con goce de salario.

Aunque la ley no menciona expresamente al cónyuge, el Ministerio de Trabajo considera que el matrimonio o la unión de hecho forman parte de la misma unidad jurídica, por lo que la persona también tiene derecho a la licencia remunerada.

Las parejas que conviven de forma estable y pública por dos años o más también están cubiertas por este beneficio. Para ejercer el derecho, la persona trabajadora debe presentar una declaración jurada que confirme la convivencia y la capacidad legal de ambos para contraer matrimonio.

El empleador no puede exigir requisitos adicionales ni pedirle que justifique cómo utilizó el tiempo de la licencia. Una vez que ocurre el fallecimiento, el derecho se activa automáticamente.

Tampoco puede negarle el permiso ni sustituirlo por vacaciones. La finalidad de esta licencia es permitir que la persona tenga su duelo y atienda las gestiones relacionadas con el fallecimiento sin comprometer su estabilidad laboral.

La consanguinidad se refiere a vínculos de sangre (como padres e hijos), mientras que la afinidad abarca relaciones por matrimonio o unión (como suegros y cuñados).

  • Comunique el fallcimiento lo antes posible: Si es posible, informe a su jefe inmediato o al departamento de Recursos Humanos tan pronto ocurra el hecho.
  • Presente un comprobante: Aunque no se puede exigir más de lo necesario, se recomienda llevar una constancia del fallecimiento emitida por el Registro Civil o la funeraria.
  • Aclare al empleador el grado de parentesco: Esto facilitará determinar cuántos días de licencia corresponden.
  • Evite solicitar vacaciones en lugar de licencia: Es su derecho tener días remunerados aparte de sus vacaciones.
  • Si hay unión de hecho, presente su declaración jurada: Debe indicar que la convivencia es pública, estable y exclusiva por al menos dos años.
¿Falleció un familiar y tiene que trabajar? Conozca sus derechos
No todos lo saben: si pierde a un familiar, puede tomarse días libres pagados. Le contamos cómo funciona este permiso. Foto: IA (IA )
¿Falleció un familiar y tiene que trabajar? Conozca sus derechos
¿Tiene que ir a trabajar aunque se le murió un ser querido? Le explicamos qué dice la ley y cuántos días le corresponden. Foto: IA (IA )

Esta medida busca conciliar la vida laboral y familiar, reconociendo que las personas no pueden rendir igual tras una pérdida significativa.

Además, evita que los empleados enfrenten sanciones o rebajos salariales en momentos de vulnerabilidad.

Ruiz recalcó que lo más importante es que las personas trabajadoras conozcan sus derechos y no teman ejercerlos:

“Si fallece un familiar cercano, usted tiene derecho a ausentarse del trabajo con goce de salario. No necesita justificar cómo utiliza esos días ni pedir favores. Es un derecho que existe para que pueda vivir su duelo y atender los trámites necesarios con tranquilidad”, concluyó el abogado.

Así que ya lo sabe, si usted en algún momento pierde a un familiar cercano, no dude en hacer valer su derecho a la licencia remunerada, comunicarle a su jefe, eso sí con la documentación correspondiente y tomarse el tiempo necesario para sobrellevar el duelo sin afectar su salario ni su estabilidad laboral.

Fabiola Montoya Salas

Fabiola Montoya Salas

Periodista de Empleo Costa Rica, bachiller en periodismo de la Universidad San Judas Tadeo.

En beneficio de la transparencia y para evitar distorsiones del debate público por medios informáticos o aprovechando el anonimato, la sección de comentarios está reservada para nuestros suscriptores para comentar sobre el contenido de los artículos, no sobre los autores. El nombre completo y número de cédula del suscriptor aparecerá automáticamente con el comentario.