El Tribunal Supremo de España condenó a Cornelio, un ciudadano residente en Canarias, a dos años de prisión, una multa de 400.000 euros (unos 233 millones de colones) y la devolución de 231.306 euros (unos 134 millones de colones) por apropiarse indebidamente, durante más de 15 años, de la pensión de jubilación de su padre fallecido.
La decisión revoca una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que lo había absuelto.
Los hechos se remontan a 1999, cuando Faustino, quien recibía una pensión del Instituto Social de la Marina (ISM), falleció. Su esposa, Margarita, notificó el deceso a la Seguridad Social para gestionar su pensión como viuda, la cual fue concedida y abonada en la misma cuenta bancaria. Sin embargo, por un error administrativo, el ISM continuó ingresando mensualmente la pensión del fallecido en esa cuenta.
Posteriormente, Cornelio fue añadido como cotitular de la cuenta y asumió su gestión. A pesar de conocer que los ingresos eran indebidos, nunca notificó a la administración ni el fallecimiento de su padre ni el de su madre, ocurrido en 2005. A partir de entonces, comenzó a quedarse con la totalidad del dinero.
Durante más de una década, el acusado utilizó los fondos para realizar compras personales, pagos de seguros y transferencias a cuentas propias y de su entorno cercano. El fraude no fue detectado hasta julio de 2015, cuando la entidad bancaria Caixabank comunicó al ISM el fallecimiento, cesando de inmediato los pagos indebidos. Para entonces, Cornelio había acumulado más de 317.000 euros.
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En 2021, la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife lo condenó por un delito contra la Seguridad Social, con base en el artículo 307 ter del Código Penal, que penaliza el aprovechamiento ilícito de prestaciones públicas mediante simulación u ocultación. Además de la pena de prisión y la multa económica, se declaró responsable civil subsidiaria a Caixabank por no detectar a tiempo la anomalía en los pagos, aunque la entidad ya había reintegrado parte del dinero al ISM.
Cornelio apeló la decisión y, en 2022, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias lo absolvió al considerar que la administración ya tenía conocimiento del fallecimiento del pensionista y que el error fue exclusivamente atribuible al sistema. Sin embargo, el ISM, con apoyo del Ministerio Fiscal, presentó un recurso de casación.
En su fallo más reciente, el Tribunal Supremo concluyó que la conducta del acusado fue un fraude activo. Según recoge la sentencia (STS 277), el acusado no solo se benefició del error administrativo, sino que lo alimentó y prolongó deliberadamente al gestionar la cuenta bancaria, ocultar el fallecimiento de sus padres y utilizar los fondos para su beneficio. Los magistrados destacaron que “la obligación del acusado era informar y no apropiarse de un dinero que no le correspondía”.
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La sentencia, ahora firme, obliga a Cornelio a reintegrar 231.306 euros al Instituto Social de la Marina, además de afrontar una multa económica y la pérdida del derecho a recibir subvenciones públicas durante cuatro años.
La resolución judicial recuerda que, conforme al artículo 231 de la Ley General de la Seguridad Social, los beneficiarios de prestaciones están obligados a comunicar cualquier circunstancia que pueda afectar su percepción. Asimismo, el artículo 55 establece que quienes hayan cobrado indebidamente prestaciones deben reintegrar las cantidades percibidas.
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Este caso pone en evidencia los riesgos de los errores administrativos no corregidos a tiempo, así como la obligación legal de los ciudadanos de actuar con transparencia ante la Seguridad Social.