Anulan fallo contra restricción vehicular

Medida la tomó el Tribunal de Apelaciones de lo Contencioso Administrativo

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El Tribunal de Apelaciones de lo Contencioso Administrativo anuló este miércoles la sentencia del juez Alcevith Godínez que suspendía dos decretos de la restricción vehicular sanitaria emitidos por el Ejecutivo, al considerar que la medida no era efectiva para prevenir los contagios del nuevo coronavirus.

El Tribunal acogió los argumentos presentados por la Procuraduría General de la República (PGR), (abogado del Estado), donde explicaba que ambos decretos ya no tenían efectos y que la sentencia no tenía ya ningún interés.

El caso se remonta a finales del 2020 cuando un grupo de alcaldes acudió al Tribunal Contencioso Administrativo a pedir la nulidad de los decretos ejecutivos sobre restricción nocturna y diurna. El juez acogió la solicitud y derogó ambos decretos con su sentencia.

El Gobierno presentó nuevos decretos para regular la restricción vehicular en los meses siguientes, bajo otros horarios.

Esas normas no fueron conocidas por el juez porque no las incluyeron en la denuncia presentada por los alcaldes opuestos a la medida.

“Lo que se pretende es evitar el contacto con personas contagiadas, y con la restricción vehicular lo que se provoca es lo contrario, como lo es, la conglomeración en los servicios públicos (autobús y taxi), pues en estos servicios públicos no se puede mantener el distanciamiento del metro ochenta centímetros que se recomienda por parte del Ministerio de Salud”, señala el fallo del 3 de noviembre hecho por Godínez.

Ante la duda de si la decisión judicial implicaba que la restricción había quedado anulada, Godínez afirmó que la medida quedaba totalmente eliminada, pero el Estado reiteró que los decretos anulados ya no estaban vigentes, así que la restricción continuaba.

La disputa fue llevada ante el Tribunal de Apelaciones, el cual confirma ahora la posición del Estado.