¿Cuáles opciones tengo en este momento si no puedo pagar la pensión alimentaria?

Experto le explica lo que puede y no puede hacer

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En estos momentos de crisis por la pandemia del covid-19, muchas personas se quedaron sin ingresos o se los redujeron y la están viendo difícil para pagar la pensión alimentaria.

La Teja conversó con el abogado Rodolfo Nassar, master en Derecho de Familia e Infancia, para aclarar las dudas más recurrentes con este tema.

¿Si no tengo trabajo se puede suspender el pago de pensión alimentaria?

No. La misma ley indica que, aunque la persona no tenga trabajo o no tenga ingreso, en igual forma deberá pagar la pensión alimentaria.

La lógica de la pensión alimentaria debe ser la misma de la de las personas que tienen bajo su cuidado a los hijos, si se quedan sin trabajo no les pueden decir a los chiquitos que no van a comer. El padre o la madre a cargo buscará la forma de alimentarlos, pidiendo fiado en la pulpería, visitando a los familiares para que lo apoyen o en cualquier otra forma.

La realidad es que, si usted se queda sin trabajo, posiblemente bajará de inmediato sus gastos, pero en pensión alimentaria eso no sucede igual, si usted se queda sin trabajo, debe continuar pagando el mismo monto.

Existe la suspensión del pago, que se puede solicitar solo por otros motivos especiales, como, por ejemplo, que el obligado alimentario sufra un accidente o tenga una enfermedad muy grave que lo imposibilite trabajar.

Si no se puede suspender la pensión, ¿se podría solicitar un rebajo?

Sí, pero no necesariamente es la solución inmediata. Un proceso de rebajo de la pensión toma meses, pues debe seguir una serie de etapas que lo que buscan es garantizar el derecho de todas las partes. Posiblemente para cuando se vaya a dictar sentencia usted ya consiguió trabajo desde meses atrás.

Ahora bien, si finalmente consiguió un trabajo con un menor salario o, finalmente, no pudo conseguir un trabajo estable y se tuvo que dedicar al trabajo informal, usted podría presentar un rebajo por ese cambio en su situación económica. Esto lo autoriza la ley, la condición es que haya un cambio en las condiciones de quien lo da o quien recibe la pensión.

Entonces, ¿qué se puede hacer en estos momentos?

Lamentablemente no mucho, pero, en todo caso, existen dos beneficios que se pueden aprovechar.

Se puede solicitar la autorización para buscar trabajo al juzgado. De esta forma, durante un mes no se le girará apremio corporal si no puede pagar la pensión alimentaria. Aunque, por lo general, se otorga por solo un mes, la ley autoriza poder solicitar de nuevo dicho beneficio. En situaciones como la actual podría hacerlo, posiblemente el juez entienda la necesidad de extender ese permiso.

Es importante indicar que esto no quiere decir que se le perdonó el monto de la mensualidad, sino que tan pronto la persona encuentre trabajo deberá pagar la nueva pensión ordinaria del mes y las pensiones que dejó de pagar mientras buscaba trabajo.

Pero si al final pasan tres meses, ¿se tendrá que pagar de golpe las mensualidades atrasadas y la mensualidad del primer mes ya con trabajo? Es difícil para cualquier persona.

En este caso, se puede solicitar el segundo beneficio: el pago en tracto. Es decir, solicitar al juez que el monto adeudado de los meses que estuvo sin trabajo se le permita pagarlo en tres, seis, doce o hasta más meses, depende de la situación particular.

¿Cómo se solicitan esos beneficios?

Se debe solicitar en el juzgado de pensiones, aún se pueden solicitar sin abogado. Pero, claro está, usted tiene una sola oportunidad, así que lo más recomendable es que se asesore con un abogado especialista en familia para presentarlo en buena forma. Para solicitar el beneficio por primera vez, presente la carta de despido y, considerando la posibilidad de que a futuro tenga de pedir de nuevo ese beneficio, cada vez que va a una entrevista de trabajo solicite que le firmen un comprobante de asistencia, en igual forma imprima todos los correos que ha enviado por puestos de trabajo, así como cualquier otra prueba de que usted ha estado buscando trabajo.

Se ha estado discutiendo la posibilidad de aprobar proyectos de ley para apoyar a las personas con pensiones alimentarias. ¿Considera que hay posibilidades de alguna solución en estas leyes?

El problema de muchos de los proyectos de ley que se presentan es que se centran en el tema del apremio corporal como único problema, pero no se enfrenta el verdadero problema que es que haya necesidad de que exista esa medida de coacción. La legislación de pensión alimentaria no hace diferencia entre una persona que no quiere pagar la pensión alimentaria y una persona que no puede pagar la pensión.