Extranjeros ya pueden bretear mientras les dan la residencia

Desde el momento mismo que inician el trámite en el país pueden comenzar el operativo frijoles

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Los extranjeros que inicien el proceso de trámite de residencia o estancia en Costa Rica tendrán autorización para bretear en el país mientras la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME) emite la resolución final.

Esto fue aprobado el pasado 16 de octubre, al publicarse en La Gaceta el decreto N° 41890-MGP del ministerio de Gobernación y Policía, que reforma el artículo 187 del Reglamento de Control Migratorio.

La Reforma permite esta posibilidad de brete para casos muy puntuales como ejecutivos, gerentes y otros que sean contratados por empresas registradas en Migración, personas que sean invitadas por su especial relevancia científica o profesional, agentes de negocios, delegados comerciales de empresas, y personal de medios de comunicación o de medios de transporte internacional de pasajeros y mercancías, entre otros.

De acuerdo con Rolando Perlaza, especialista en derecho laboral de la firma Nassar Abogados, antes se le prohibía totalmente a un extranjero poder trabajar hasta que el ente migratorio diera una resolución y autorización formal.

“Esta reforma viene a normalizar una situación migratoria y laboral que antes no se regulaba. Facilita el proceso de contratación de expatriados, elimina las broncas de la espera de varios meses para que un expatriado se incorpore a las labores de la empresa y esclarece el marco legal de las empresas transnacionales, regionales o afines que constantemente contratan y trasladan personal extranjero”, explicó Perlaza.

Con la reforma, actualmente para poder trabajar legalmente en el país, el extranjero debe contar con el comprobante de haber presentado los documentos a Migración y la solicitud respectiva de residencia, o categoría respectiva, pudiendo sólo dedicarse a las actividades solicitadas y con la empresa mencionada en la solitud. Según Perlaza, en muchos casos la misma compañía acompaña al expatriado en este complejo proceso.

No más inseguridad

Por otro lado, las empresas también podían exponerse a multas por contratar personas extranjeras sin una aprobación formal de Migración que permitiera a los extranjeros laborar legalmente en el país. Si bien existía una especie de “tolerancia” por parte de la DGME, esto no eliminaba la inseguridad jurídica para las empresas y expatriados.

“Es importante que los patronos tengan en cuenta, que a pesar que el expatriado no tenga aun su residencia o categoría migratoria respectiva, la empresa debe velar porque la persona extranjera tenga las mismas condiciones laborales que cualquier otro trabajador. Es decir, respetar los temas de seguridad social (cuotas de la Caja Costarricense del Seguro Social y el seguro del INS), salario mínimo, descanso semanal, vacaciones y demás”, mencionó el especialista.