Nacional

Hospital deberá darle los insumos necesarios a papás para el tratamiento de menor de dos años

Un niño de dos años necesita usar unos catéteres para tratarle sus problemas de salud

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La Sala IV ordenó al Hospital de Niños a darle a un menor las herramientas que necesita para controlar sus condiciones. Foto ilustrativa / Archivo. (Cortesía del MEP)

La Sala IV declaró parcialmente con lugar un recurso de amparo, en donde se ordena al Hospital Nacional de Niños a darle a un menor de dos años las herramientas necesarias para seguir con sus tratamientos.

Los papás del chiquito acudieron a la Sala IV, porque el bebé tiene una condición congénita llamada espina bífida (mielomeningocele) y vejiga neurogénica y cada tres o cuatro horas debe usar una sonda, que entra de la uretra a la vejiga y le ayuda a vaciarla, pero el centro médico les da una cantidad insuficiente de estos insumos.

“Adujeron que el hospital Nacional de Niños solo les brinda 30 sondas por mes, que deben reutilizar aproximadamente cinco veces durante el día. Los papás reclamaron que la cantidad de sondas que se les entrega es insuficiente.

En efecto, el procedimiento de limpieza y colocación es incómodo y riesgoso, pues fácilmente se puede contaminar y así transmitir infecciones. Alegaron que se lesionaron los derechos fundamentales de su hijo y los de los demás pacientes con la misma patología”, dice la Sala en un comunicado.

Los magistrados consideraron que se violenta el derecho a la salud del menor amparado con base en el criterio emitido por la Sección Clínica Médico Forense del Departamento de Medicina Legal del Organismo de Investigación Judicial (OIJ).

“Según este dictamen, existe una relación entre infecciones del tracto urinario y el reúso de las sondas dadas al amparado, por lo que lo calificó como una mala práctica clínica. En su lugar, afirmó que el empleo de sondas de Nelaton (PVC) de un solo uso es lo indicado desde un punto de vista médico en el manejo de los pacientes para cateterismo limpio intermitente (CLI), como sucede en el caso del menor tutelado.

”Por lo anterior, la Sala Constitucional declaró parcialmente con lugar el recurso, a efectos de que las autoridades recurridas le suministren al menor tutelado las sondas Nelaton y el resto de insumos en la cantidad necesaria, de manera que se garantice un solo uso de las sondas para la realización del cateterismo limpio intermitente al paciente, las veces que él lo requiera por día, todo aplicado de acuerdo con el criterio de Medicina Legal del OIJ”, agregó el tribunal constitucional.

Yenci Aguilar Arroyo

Yenci Aguilar Arroyo

Redactora de la sección de Nacionales. Trabajó en las secciones de Deportes, Tiempo Libre y tiene experiencia en comunicación institucional. Cuenta con 18 años de experiencia, desarrollada principalmente en el periodismo escrito. Fue designada Periodista del Año del 2023. Trabajó en el Periódico Al Día.

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