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Jardineros, fontaneros, electricistas: así se debe cobrar el IVA desde julio

Experto recomienda aliarse con un contador bien pellizcado

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A partir del 1 de julio toda empresita y persona que ofrezca un bien o un servicio debe cobrar el impuesto de valor agregado (IVA).

Serán unos 700 mil nuevos contribuyentes los que cobrarán ese impuesto, para un total de 1,5 millones.

Jardineros, fontaneros, electricistas, gimnasios, salones de belleza, médicos, veterinarios, catering, talleres mecánicos. Todos estos servicios –y muchos otros más– deberán cobrar el IVA.

“El impuesto de ventas se transforma en impuesto de valor agregado. Ahora el impuesto de ventas solo lo tienen los bienes, como una bola de fútbol o una vajilla. A partir de julio se amplía la base tributaria a los servicios. Solo los sectores de educación y salud tendrán un impuesto diferente, los que no estén en esas ramas deberán cobrar el 13%", explicó el economista Daniel Suchar.

El IVA tendrá diferentes tasas: 2 % para medicamentos y educación privada; 4 % para servicios médicos y de salud privados. Los artículos de la canasta básica pagarán un 1 % y el resto pagará el 13%.

“Yo vendedor debo entender que ese sobreprecio no me pertenece, es del Estado, yo seré el recaudador, y si no lo recaudo me lo cobrará a mí si Hacienda me identifica. Entregar factura es una obligación, las multas van desde los ¢400 mil en adelante dependiendo de las facturas que haya dejado de emitir”, explicó Eduardo Vargas, director de Etax.

Etax es una herramienta digital que hará los cálculos para realizar la declaración del IVA ante Tributación Directa. Los encuentra en www.etaxcr.com y durante esta semana el servicio será gratis para que lo pruebe.

Todos los meses

Y es que esta declaración antes de hacía solo una vez al año, ahora se hará todos los meses para llevar un control del IVA.

Dicha declaración se puede hacer en línea en el sitio del Ministerio de Hacienda, se debe hacer dentro de los primeros quince días del mes siguiente y la plata se puede pagar en línea o en las ventanillas de las entidades autorizadas por la Dirección General de Tributación.

Hacienda advirtió que “aunque no se haya realizado ventas o compras durante el mes o no exista impuesto por pagar, siempre debe presentar la declaración respectiva” de todos los contribuyentes.

Muchos de estos contribuyentes se tienen un colocho porque no entienden bien cuánto deben entregar a Hacienda, ya que al monto que cobre se le debe rebajar lo que ellos pagan de impuestos en las compras o servicios que han utilizado para realizar su actividad económica. Esto quiere decir que al IVA cobrado se le tiene que rebajar el IVA pagado.

"Es una dinámica así: Hacienda yo recuperé esto tuyo, pero yo ya había pagado esto que también es tuyo, la diferencia es lo que yo voy a pagar", explicó Vargas.

Así por ejemplo, una empresa recolectó en el mes ¢390 mil por IVA, pero había pagado ¢260 mil de impuestos en sus compras, entonces quedan ¢130.000. A ese monto también se le puede rebajar las retenciones de la procesadora de pagos de la tarjeta de crédito, que digamos que ese mes fueron ¢50 mil. Entonces, lo que esa empresa deberá entregarle a Hacienda ese mes son ¢80.000.

Suena complejo, según Suchar, muy pocos contribuyentes se han preocupado por aclarar este tema y cuando rija la nueva ley se los llevará el tren.

“Faltan unas semanas y la gente sigue preguntando y muchos no saben lo que viene”, indicó Suchar, quien recomendó no atrasar más el trámite de inscribirse en Hacienda y tener a mano un contador pellizcado.

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