El próximo jueves será 1 de mayo y es feriado porque se conmemora el Día Internacional del Trabajo.
El Ministerio de Trabajo hizo un recordatorio importante este lunes, al decir que es un feriado de pago obligatorio.
“Para este año, el feriado no se traslada, es decir, su disfrute será el propio jueves.
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“En cuanto al reconocimiento salarial, los centros de trabajo con pago semanal en actividades no comerciales, es decir, aquellos que reconocen únicamente el salario del tiempo efectivamente laborado, debe pagarse el salario de los días trabajados durante la semana y adicionar un día de salario por concepto del feriado”, detalló la institución.
Esto quiere decir que si la persona labora durante el feriado, debe recibir, además, el pago de un salario sencillo adicional, completando así un pago doble por ese día.
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“En el caso de empresas con modalidad de pago mensual, quincenal o semanal en actividad comercial, donde se reconoce el salario de todos los días del mes, incluidos descansos y feriados, el pago debe cubrir el período completo. Si se labora en el feriado, corresponde adicionar un salario sencillo por cada día feriado trabajado.
“Si durante el feriado se realizan horas extras, estas deben pagarse a tiempo y medio, es decir, el trabajador recibirá triple salario por esas horas laboradas”, detalló el ministerio.
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Todos los trabajadores tienen derecho a disfrutar del feriado, sin importar el tipo de actividad que desempeñen. El Código de Trabajo detalla que ningún trabajador está obligado a laborar durante un feriado, salvo en casos excepcionales contemplados en los artículos 152 y 153.
Es importante recordar que todas las empresas, sean nacionales, transnacionales o internacionales, deben conceder este feriado a los trabajadores.