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Nuevo Código de Trabajo le aclara el panorama a los patronos

Llegó la hora de los cambios en materia laboral

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A partir de este martes entran a regir los cambios en el Código de Trabajo, que buscan ponerle orden a la relación entre los trabajadores y el jefe. Aunque gran parte de los cambios benefician a los primeros, el patrono no quedó con las manos arriba.

Algunos empresarios están con la peluca parada ante los rumores de que ya no podrán despedir a nadie y que los empleados serán casi los que manden a partir de ahora, lo cual es más falso que billete de ¢3 mil.

Por eso acá les contamos los cambios que le permitirán a los patronos contar con las armas para protegerse ante las modificaciones:

El patrono sabrá de una vez a qué atenerse cuando exista un conflicto en su contra. Sabe que primero deberá acudir a una conciliación, la mediación y el arbitraje antes de llegar y llevarse la sorpresa de que le pusieron una demanda en los juzgados, eso le da la posibilidad de resolver el problema antes de llegar hasta esas instancias, que pueden ser más desgastantes.

Si no le quedó de otra que ir a juicio, el juez deberá resolver rapidito. La salvada para los patronos es que ahora los vivillos que perdieron el caso en un juzgado de San José, ya no  podrán trasladar la queja a un juzgado en Puntarenas u otra provincia a ver si allá sí la pegan.

"Se deberá resolver por parte de la autoridad judicial, la contienda, con tiempos expeditos y la eliminación de actos procesales innecesarios; bajo pena de nulidad procesal y a nivel personal, de sanción disciplinaria, junto con las probables responsabilidades civiles", explicó Eric Briones, doctor en Derecho Laboral.

Por ejemplo, antes los empresarios no sabían cómo iba a resultar una huelga o cuánto duraría un juicio. Ahora sí sabrán cuánto está pidiendo el empleado en la demanda, los procesos llevarán a lo máximo dos años. 

Otra razón que tienen para celebrar los patronos es que ahora en caso de tener que reinstalar a un trabajador en su puesto por disposición judicial y pagarle los salarios caídos, solo deberán cancelar como máximo lo correspondiente a 24 meses, plazo máximo que duraría un pleito en los tribunales. Antes podían pasar hasta cinco o seis años.

"Esto soluciona la problemática patronal de que los sorprendieran años después, con el pago de sumas millonarias, que ponían en riesgo económico a la empresa, por considerar que al no contar con un límite de los mismos, se lesionaban los principios de razonabilidad y proporcionalidad", explicó Briones.

Ahora el patrón en caso de comprobar que el encargado de Recursos Humanos o responsable de seleccionar el personal incurrió en discriminación al momento de hacer el nombramiento, reclutamiento, movimiento y selección de personal, podrá despedirlo sin responsabilidad patronal, según los artículos 81 y 410 del Código de Trabajo. 

Si los trabajadores deciden irse a huelga y cumplen con el proceso correspondiente para ejecutarla, deberán hacer un preaviso al patrono indicándole qué tipo de huelga harán (intermitente, gradual o escalonada), los días y las horas en que no trabajarán y la región geográfica o departamento que se paralizará. 

Además, el jefe ahora puede pedir la declaratoria de ilegalidad de la huelga, que en caso de obtenerla, los trabajadores tienen 24 horas para reintegrarse a las labores, de lo contrario el dueño de la empresa podrá rebajarles el día o hasta despedir a los empleados en caso de una ausencia mayor a dos días.

Hasta ayer el Estado patrono, tenía un plazo de un mes para despedir a un funcionario al que se le compruebe mediante el debido proceso de investigación que cometió una falta grave. A partir de hoy, ese plazo se amplía a un año.

"Tratándose de empleo público, se faculta a la parte empleadora que en los procesos disciplinarios pendientes contra un servidor público que renuncie o se jubile deberán continuar, suspendiéndosele el pago de la cesantía que pudiera corresponderle, la cual solo se hará efectiva cuando se declare la improcedencia del despido (art. 685)", indicó Briones.

Karen Fernández

Karen Fernández

Periodista con una licenciatura en Producción de Medios. Forma parte del equipo de Nuestro Tema y tengo experiencia en la cobertura de noticias de espectáculos, religiosos, salud, deportes y nacionales. Trabajo en Grupo Nacion desde el 2011.

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