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¡Ojo! Hay cambios para la homologación de licencias para extranjeros

Quitaron un requisito que se había convertido en un dolor de cabeza para muchos extranjeros

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¡Atención! Habrá un importante cambio en el trámite para la homologación de licencias de conducir para extranjeros.

Los diputados aprobaron este martes, en segundo debate, un proyecto de ley que reforma la Ley de Tránsito. La idea es agilizar el trámite de homologación para extranjeros que tengan una residencia legal.

La iniciativa fue aprobada de forma unánime por los 40 diputados que estaban presentes.

Ya los extranjeros no tendrán que pasar tres meses sin salir del país para homologar la licencia. Foto: Rónald Pérez. (Ronald Perez Brenes)

El proyecto elimina el requisito de permanecer por tres meses de forma ininterrumpida en el país para poder homologar la licencia de conducir de su país de origen.

Según los diputados que propusieron el proyecto, ese requisito hace que, por ejemplo, un ejecutivo de una transnacional que debe viajar frecuentemente como parte de sus funciones, le resulte imposible cumplir con esa permanencia de los tres meses.

“Por lo que queda en un estado de indefensión ya que, a pesar de ser residente legal, con cédula de residencia DIMEX, nunca va a poder cumplir con dicha permanente ininterrumpida superior a tres meses. Lo mismo sucede con cualquier extranjero con residencia legal que por alguna razón deba salir del país y, por ende, no pueda cumplir con el plazo indicado”, explica el texto.

El texto fue enviado a Casa Presidencial y una vez que sea firmado por el mandatario Rodrigo Chaves quedará en firme.

Así queda la reforma al artículo aprobado:

Los conductores acreditados con licencia de conducir en el extranjero, que cuenten con un estatus migratorio aprobado en el país o hayan presentado una solicitud para contar con un estatus migratorio legal, los funcionarios diplomáticos y consulares extranjeros y los funcionarios de organismos internacionales acreditados en el país mientras permanezcan en sus funciones, podrán conducir siempre que obtengan la licencia de conducir costarricense, sin requerir un período ininterrumpido mínimo de estadía en el país, previo cumplimiento de los siguientes requisitos:

El trámite será más fácil con la modificación a la ley. Foto: John Durán. (JOHN DURAN/ #Costa Rica)

La licencia que se pretende homologar debe estar vigente.

De igual forma, quedan autorizados para conducir las personas extranjeras cuyo estatus migratorio amparado a la legislación nacional se considere regular, por encontrarse con un trámite de solicitud de cambio de categoría migratoria o prórroga, cuya resolución final está pendiente de resolver por parte de la Dirección General de Migración y Extranjería.

Rocío Sandí

Rocío Sandí

Licenciada en Comunicación de Mercadeo de la Universidad Americana; Periodista de la Universidad Internacional de las Américas, con experiencia en Sucesos, Judiciales y Nacionales. Antes trabajó en La Nación y ADN Radio.

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