El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) ya tomó una decisión sobre si Marta Esquivel y José Miguel Villalobos podrán ser inscritos por el Partido Pueblo Soberano (PPSO) como candidatos a diputados.
Ellos fueron elegidos en una asamblea de la agrupación política como los candidatos que encabezarían las diputaciones de Heredia (Esquivel) y Alajuela (Villalobos), pero el proceso quedó varado porque algunos integrantes del partido presentaron recursos de amparo electorales contra esas decisiones.
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Iliana María Ruiz Chacón y Xinia María Molina Ruiz, presentaron recursos asegurando que cumplieron con todos los requisitos para proponer sus nombres en esos puestos y que hasta hicieron el pago correspondiente, pero que las sacaron del proceso para meter a Esquivel y Villalobos.
Otros integrantes de PPSO también presentaron reclamos por otras decisiones de la agrupación y este viernes 4 de setiembre el TSE dio a conocer la resolución de 10 de ellos.
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Se rechazaron los recursos de Raúl Muñoz Álvarez, quien reclamó presuntas incorrecciones en el proceso de inscripción de las precandidaturas a la Presidencia de la República, por prescripción, pues lo presentó fuera de los tres días para recurrir, y el de Gerardo Medina Angulo, por las mismas razones, solo que en su caso era por candidaturas a diputaciones.
La gestión de Edwin Humberto Estrada Hernández, en la que se alegaba que no se permitió que su nombre se sometiera a votación como precandidato a una diputación, fue rechazada también por prescripción.
Presentaron mal el reclamo
El reclamo de Carlos Vázquez Calderón, quien acusó que las candidaturas a las diputaciones fueran votadas en nóminas preelaboradas por el partido, fue rechazada porque las objeciones de legalidad deben reclamarse por acción de nulidad, no en amparo.
Ese mismo ciudadano, en otro expediente, reclamó que el PPSO no podía convocar a asambleas de subsanación de eventuales errores en la designación de candidaturas a las diputaciones hasta que el TSE no resolviera los recursos de amparo pendientes; sin embargo, las disconformidades con las convocatorias a los actos partidarios deben plantearse en una acción de nulidad, no en un amparo electoral.
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Además, fueron declarados sin lugar los recursos de Rodolfo Mora Mora, quien dijo habérsele violado el derecho de participación política al imponer una cuota de inscripción de precandidaturas a las diputaciones que él considera desproporcionada. El TSE la declaró sin lugar porque el recurrente finalmente no inscribió su precandidatura.
El amparo de Xinia María Molina Ruiz, que reclamaba la exclusión de su nombre de las precandidaturas a las diputaciones, sin que se votara en la Asamblea Nacional, fue declarado sin lugar porque ella sí participó e incluso recibió votación en la Asamblea Nacional. Lo mismo pasó con la gestión de Carlos Villanueva Arauz.
El caso de Giovanni Morales Vásquez, fue distinto, él señaló haber recibido una llamada en la que se le pidió desistir de su postulación, pese a lo cual sí fue considerado en la Asamblea Nacional e incluso recibió votación. Dijo que había errores de designación de candidaturas a las diputaciones, pero el TSE reiteró que se trataba de asuntos de mera legalidad, ajenos al recurso de amparo.
El único caso declarado con lugar es el de Iliana Ruiz Chacón. Se estimó que el partido amenazó su derecho de participación política porque hubo un ambiente de presión para que ella retirara su nombre de la contienda interna, y efectivamente no se dio a conocer su postulación en la Asamblea Nacional partidaria. Solo se declaró con lugar para fines indemnizatorios, ya que días antes de la votación, la propia interesada manifestó que no deseaba continuar como precandidata.
Francisco Gamboa, exministro de Economía y candidato a la vicepresidencia del PPSO, calificó las decisiones del TSE como un triunfo.
“Estamos listos para continuar con todo el proceso para inscribir nuestras candidaturas en el momento y plazo establecidos”, manifestó Gamboa.