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Prohiben a notarios casar parejas gais

Matrimonio programado para el sábado en el bar El 13 está en veremos luego de esta resolución

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El Consejo Superior Notarial aseguró que es legalmente imposible casar a dos personas del mismo sexo. Fotos: Mayela López (Mayela López)

Las parejas del mismo sexo que estaban planeando casarse, como Mario Arias y Roberth Castillo, recibieron una mala noticia este jueves.

El Consejo Superior Notarial anunció que acordó prohibir a los notarios públicos realizar matrimonios entre personas del mismo sexo, pese a la opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que llamó a reconocer derechos a las parejas gais.

El acuerdo 2018-002-024, tomado ese mismo día, dice: “Que, hasta tanto no se produzca una reforma legislativa, o se emita una sentencia anulatoria en la vía constitucional, las normas que regulan el matrimonio en Costa Rica, en concreto el artículo 14 inciso 6 del Código de Familia, se mantienen vigentes, y por tal razón los notarios públicos, en el ejercicio de su función, deben apegarse a las mismas”.

El artículo al que se hace referencia es el siguiente:

Artículo 14.- Es legalmente imposible el matrimonio:

6) Entre personas del mismo sexo.

El Consejo tomó la decisión luego de que la Defensoría de los Habitantes le notificara la opinión de la Corte Interamericana, solicitándole que avisara sobre sus alcances entre las notarias y los notarios del país.

Se basaron en el texto de la opinión que dice: “No obstante lo expuesto, esta Corte no puede ignorar que es posible que algunos Estados deban vencer dificultades institucionales para adecuar su legislación interna y extender el derecho de acceso a la institución matrimonial a las personas del mismo sexo, en especial cuando median formas rígidas de reforma legislativa, susceptibles de imponer un trámite no exento de dificultades políticas y de pasos que requieren cierto tiempo”.

Además citaron que “El artículo 14 inciso 6 del Código de Familia, que es una norma de rango legal, no ha sido reformado ni anulado por otra ley posterior, ni tampoco por la vía del control de constitucionalidad, en razón de lo cual se encuentra en plena vigencia”, dice el acuerdo.

Redacción

Redacción LT

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