El alcalde de San José, Johnny Araya, fue suspendido sin goce de salario durante 30 días, esta vez por una sanción de la Contraloría General de la República (CGR) relacionada con un aparente pago sin fundamento técnico hecho a una empresa de parquímetros.
La suspensión fue ejecutada por el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) este lunes 6 de junio, por lo que Araya deberá cumplir con dicha medida hasta el próximo martes 5 de julio.
Según la Contraloría, el alcalde es “responsable administrativamente en grado de culpa grave”, esto por un pago sin fundamento técnico de ¢253 millones a la empresa española Setex Aparki, encargada de los parquímetros de San José en el 2018.
“Se acreditó el incumplimiento reiterado de obligaciones legales por parte del encausado (Araya) y la forma inadecuada en que promovió y recomendó el reajuste contractual sin sustento técnico, todo lo cual acredita que se trata de un funcionario que actuó de manera negligente e imprudente con afectación a la Hacienda Pública y por consiguiente no puede quedar impune”, señaló la Contraloría.
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El ente dio a conocer la sanción contra el alcalde a inicios del año pasado; sin embargo, como Araya ya estaba suspendido por el caso Diamante, se determinó que no podía cumplir con las dos sanciones al mismo tiempo.
Había vuelto |
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Johnny Araya retomó su cargo como alcalde el pasado 24 de mayo, luego de que un juez levantó la medida cautelar de suspensión del cargo que estuvo cumpliendo como investigado en el caso Diamante. |
El alcalde había apelado la amonestación, pero la Contraloría General la declaró sin lugar en diciembre del año pasado.
Otra en espera
Ese ente también reveló que Araya tiene pendiente una suspensión de 25 días sin goce de salario por inscribir un vehículo municipal como discrecional, hecho que sucedió en el 2016.
“La actuación del señor Araya Monge se determina irregular y con culpa grave en el tanto solicitó inscribir el vehículo adquirido con la empresa Purdy Motor S.A bajo la categoría de uso discrecional con la consecuente asignación de placas particulares, trámite que -en primera instancia- fue calificado como defectuoso.
“No obstante, el señor Araya Monge, en su condición de alcalde de San José, planteó una segunda solicitud denominada ‘aclaración e incorporación de parámetros de justificación’, por medio de la cual de manera contraria al ordenamiento jurídico solicitó nuevamente la inscripción bajo la clasificación de uso discrecional”, explicó la Contraloría.
Así funcionan |
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Los vehículos de uso discrecional no cuentan con restricciones de combustible, horario de operación ni recorrido, además pueden portar placas particulares y no tienen marcas visibles que los distingan como vehículos oficiales. |
Además, señaló que él no tenía derecho de inscribir el carro como discrecional, pues los alcaldes no figuran en la lista de funcionarios públicos que cuentan con ese beneficio, tal como lo establece el artículo 238 de la Ley de Tránsito.