Nacional

Trabajadores con contrato suspendido están sin seguro médico

Beneficio terminó el 31 de diciembre y aún no se sabe si se ampliará porque la junta directiva de la Caja no se ha reunido

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El 13 de enero se amplió por tres meses más la posibilidad de que los patronos que aún no se reponen de los efectos de la pandemia mantengan los contratos de sus trabajadores suspendidos.

Sin embargo, esta ley deja en desventaja a los breteadores que ya llevan más de seis meses en esta condición, pues no tienen cobertura de atención médica de la Caja mientras tanto.

La Teja consultó al respecto y nos dijeron que la ampliación aprobada por la junta directiva en setiembre del 2020 regía hasta el 31 de diciembre.

“Ante esto, es importante recordar también que, la ampliación del seguro para trabajadores con contratos suspendidos es un tema que tiene que ser visto y aprobado por la Junta Directiva, una vez que se reanuden las sesiones, será colocado en agenda para su discusión”, agrega la respuesta dada por la gerencia financiera de la Caja.

Reactivadas

Estos son los trámites que tiene que hacer las empresas que por esta misma situación quedaron inactivas y quieren retomar sus operaciones.

Lo que deben tramitar ante la Caja es una reanudación patronal que puede hacer de forma presencial o virtual, según prefiera, pero eso sí, deberá tener firma digital para poder hacerlo sin tener que ir a la sucursal de la institución más cercana.

Si es un patrono físico, (con cédula normal), debe presentar original y copia de la misma, si es extranjero, las del documento migratorio, de no tener el original, debe presentar una fotocopia certificada por un notario público de todos los folios del documento y fotocopia de la cédula de cada trabajador.

Si los trabajadores son extranjeros debe presentar el documento de identificación migratorio (pasaporte, cédula de residencia, carné de refugiado, entre otros) y llenar el Formulario de Solicitud de Inscripción o Reanudación patronal (patrono Físico), debidamente firmado por el patrono.

En el caso de los patronos jurídicos, debe presentar el original de la certificación de personería jurídica extendida por el Registro Nacional o por un notario público o certificación digital, con no más de un mes de emitida; la cédula de identidad del representante legal y en caso de extranjeros, aportar el original del documento de identificación migratorio. Además de la fotocopia de la cédula de cada trabajador y el formulario para patrono jurídico.

Ambos formularios están disponibles en el catálogo de trámites de la página www.ccss.sa.cr/tramites

En caso de hacerlo virtual debe ingresar https://aissfa.ccss.sa.cr/modulofirmadigital o enviar los documentos firmados digitalmente al correo consultasinspeccion@ccss.sa.cr

Karen Fernández

Karen Fernández

Periodista con una licenciatura en Producción de Medios. Forma parte del equipo de Nuestro Tema y tengo experiencia en la cobertura de noticias de espectáculos, religiosos, salud, deportes y nacionales. Trabajo en Grupo Nacion desde el 2011.

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