Al terminar las dos semanas de vacaciones de medio año, es notable que ya de nuevo las calles de la capital están llenas de vehículos.
Debido a eso, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) recordó que ya está de nuevo vigente la restricción vehicular.
Sobre ese tema, hay muchos conductores que tienen dudas sobre las excepciones a la regla, como por ejemplo, si una cita médica es razón suficiente para poder entrar al anillo de Circunvalación el día que se tiene restricción.
Aquí le contamos las excepciones que especifica la ley para que sepa aprovecharlas:
- En primer lugar están los vehículos de emergencia y los policiales.
- Los vehículos de transporte público, incluso los de servicios especiales, turismo y estudiantes.
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- Los vehículos que transporten personas con una condición de discapacidad debidamente identificados.
- Todas las motocicletas.
- Los vehículos que transporten cemento fresco.
- Los vehículos rentados.
- Los vehículos de carga liviana que transporten productos perecederos (deben probarlo por medio de documentación).
- Vehículos con ocupación plena, es decir, que vaya el chofer y al menos tres ocupantes más. Pueden circular de 6 a.m. a 8 a.m. y de 4:30 p.m. a 7 p.m.
- Cuando en una casa tienen dos o más vehículos con restricción el mismo día, a nombre de una misma persona física o de cónyuge o de convivientes (para esto se debe tramitar un permiso).
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- Vehículos amigables con el ambiente.
- Vehículos de carga pesada.
Para que lo tenga claro, los lunes no pueden entrar al centro de San José los carros cuyas placas terminan en 1 y 2, los martes los que terminan en 3 y 4, los miércoles las terminadas en 5 y 6, los jueves las terminadas en 7 y 8 y los viernes las que acaban en 9 y 0.
La multa por irrespetar la restricción vehicular es de ¢26.344,68.