Recientemente, un menor de siete años fue atacado por un perro de raza pitbull en un centro comercial. El hecho generó debate sobre la presencia de mascotas en estos lugares, el no uso de bozal y la falta de protocolos de seguridad. La pregunta es: ¿quién responde por el daño?
Aquí entra en juego la figura de la responsabilidad solidaria, que se da cuando dos o más personas tienen un deber conjunto de reparar un daño. En este caso, tanto el dueño del animal como el centro comercial comparten la responsabilidad.
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El Código Civil costarricense (arts. 1045 y 1048) establece que quien cause un daño debe repararlo, y que si hay varios responsables, la obligación es solidaria. Es decir, la víctima puede cobrar a cualquiera de ellos, sin quedar desprotegida.
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Esto no es nuevo: en materia de accidentes de tránsito, el propietario del vehículo responde junto al conductor; y en el proceso penal aparece la figura del tercero civilmente demandado.
En este caso concreto, el centro comercial debió contar con protocolos claros de manejo de incidentes con mascotas. Al no tenerlos, se genera un vacío que abre paso a la responsabilidad solidaria. Por ello, además de una querella penal contra el dueño del perro, puede plantearse una acción civil resarcitoria contra ambos, incluyendo al centro comercial como corresponsable.
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En resumen: la víctima no tiene que elegir a quién demandar. La ley asegura que tanto el dueño del perro como el centro comercial deben responder solidariamente para reparar el daño.
Lic. Joseph Rivera – 8998-0112