La primera mujer condenada por defraudación fiscal estuvo un año y dos meses en fuga, se entregó en los Tribunales de Goicoechea y pasó en la cárcel únicamente 29 días.
Se trata de Ericka Soto Navarro, de 44 años y sentenciada junto a su papá, Wilson Soto Mora, a 10 años de cárcel junto a cuatro personas más.
Los Soto estaban en fuga y durante 14 meses encabezaron las listas de los más buscados por el OIJ. Contra padre e hija existía una orden de captura girada por el Tribunal Penal del Segundo Circuito Judicial de San José el 29 de setiembre del 2020 debido a que se dieron a la fuga para no cumplir la condena que les recetaron.
Ericka Soto se presentó el 3 de noviembre del 2021 a los Tribunales de Goicoechea junto a su abogado para entregarse; a su papá lo pescaron agentes de la Sección de Capturas del OIJ, el 15 de noviembre en una clínica privada en Guadalupe, donde se encuentra internado. Desde que lo agarraron está con custodia policial.
Los hechos por los cuales los Soto y las otra cuatro personas fueron sentenciados ocurrieron entre el 2001 y 2002, cuando defraudaron al Estado por más de ¢349 millones.
Según las autoridades, el engaño consistió en que esas personas administraban una cadena llamada El Regalón, compuesta por 53 tiendas, pero hacían pasar cada local como negocios individuales para brincarse el pago de impuestos.
Este caso, cuya tramitación duró 16 años, es considerado histórico por tratarse de la primera condena en firme por este tipo de delito.
Después de ser detenida, Ericka Soto fue llevada al Buen Pastor; su abogado pidió luego un beneficio para que no se quedara en la cárcel y le fue dado el 2 de diciembre del 2021.
LEA MÁS: Uno de los 10 más buscados por el OIJ cayó en una clínica privada
La Teja consultó al Ministerio de Justicia por la resolución de la medida que benefició a Soto e informaron que cumplía con los requisitos para no mantenerla encerrada; ahora debe firmar una vez al mes.
“El artículo 177 y siguientes del Reglamento del Sistema Penitenciario le confiere competencia a la Administración Penitenciaría en el sentido de valorar personas sentenciadas que cumplan con determinados requisitos a fin de establecer una modalidad de ejecución penal que no implique su institucionalización (tenerlas presas), con ubicación en el Programa Semi Institucional de la Dirección General de Adaptación Social”, explicaron.
“Ante la solicitud planteada por la interesada, el Instituto Nacional de Criminología determinó que: i) es persona primaria en sentencias, ii) no registra causas penales en proceso, iii) la sentencia se encuentra firme y iv) el delito sentenciado se encuentra excluido de la lista que la normativa establece como improcedente”, indicó Justicia por medio de la oficina de prensa.
Según supo La Teja, en la resolución para no dejar a Soto presa pudo haber influido que era la encargada de cuidar a su madre, que padecía una enfermedad grave y falleció el pasado 15 de diciembre; también tiene al cuido un hijo con una condición especial.
En el caso del papá, este debe descontar su pena en el CAI Adulto Mayor.
La abogada Yorleny Clarke, quien tiene experiencia en ejecuciones de la pena, nos explicó que cada vez que alguien llega a la cárcel hay un perfil de ingreso y que el beneficio semi institucional depende de la pena, de los antecedentes y también de ciertos perfiles.
Explica que por la pena de evasión fiscal no hay un perfil creado puesto que es la primera vez que se condena a alguien por ese delito.
“El beneficio va a depender de cada caso de manera individual, el Instituto Nacional de Criminología hace el análisis de cada situación”, dijo Clarke.
Contar con el beneficio del programa semi institucional incluye que la persona condenada pueda trabajar, dormir cuatro días en la prisión y tres fuera; también salir varios días del centro y dormir en este dos veces por semana.
Si la persona que recibe el beneficio incumple debe volver a prisión.