La presidenta Laura Fernández, en su tradicional conferencia de prensa de los miércoles, salió a decir que la esposa del abogado que representa a Alejandro Arias Monge, alias Diablo, es una jueza penal en Limón, situación que calificó como “una desilusión y una decepción”.
“La coincidencia que me parece más grave, y que ojalá el Poder Judicial este investigando, pero lo dudo, es que la esposa de este exfiscal, exempleado de 23 años del Poder Judicial, me dicen que la esposa de este señor, del abogado del Diablo, es nada más y nada menos que jueza penal del Poder Judicial, en Limón.
“La esposa del abogado del Diablo es una jueza penal del Poder Judicial, cuáles son las tareas de los jueces penales, resolver los homicidios, resolver los casos de crimen organizado, de narcotráfico, y bueno, cuando el río suena...qué desilusión, qué decepción", dijo la presidenta.
La aseveración de la mandataria no está del todo mal, pues sí acertó al decir que la esposa del abogado es una jueza penal. El problema viene de que Fernández dio el dato impreciso, ya que dijo que trabaja en los tribunales de Limón.
La verdad es otra, pues ante una consulta hecha por La Teja, el Poder Judicial confirmó que la esposa del abogado de Diablo, apellidada Monge, sí trabaja como jueza penal, pero en el Tribunal Penal de Quepos.
“La funcionaria consultada tiene plaza en propiedad en el Ministerio Público, ingresó en el año 2013. Se encuentra elegible de acuerdo con la Ley de Carrera Judicial como jueza penal.
“Desde el año 2023 realiza nombramientos interinos como jueza penal y actualmente se encuentra nombrada en el Tribunal Penal de Quepos del 27 de julio al 16 de agosto 2026″, informó el Poder Judicial.
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Así las cosas, no habría de qué preocuparse, pues la jueza Monge no tendría ninguna relación o participación en el caso de su esposo, pues la causa es tramitada por el Tribunal Penal de Pococí.
Obligación de apartarse
Aun así, en La Teja no quisimos quedarnos solo con esa información, por lo que con ayuda de un experto en materia penal decidimos explicarle qué pasaría si se hubiese dado un verdadero conflicto de intereses, tal como quiso dar a entender la mandataria.
Rafael Rodríguez, abogado penalista, explicó que en un caso de este tipo la obligación recae sobre el funcionario judicial, o sea, el juez.
“Hay que tener claro que la situación de que algún abogado particular en materia penal ejerza su función y tenga algún vinculo de familiaridad, parentesco o relación con algún juzgador o funcionario involucrado en un caso donde ellos actúen y el funcionario judicial se vea perjudicado, este último tiene la obligación de excusarse de conocer el procedimiento”.
Rodríguez explicó que el artículo 55 del Código Procesal Penal establece todas las causas que un juez debe tomar en consideración a la hora de inhibirse.
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Pero también destacó que los abogados que conozcan la existencia de un posible conflicto de interés pueden tomar cartas en el asunto.
“Las partes que tengan conocimiento de que existe esa condición o un posible conflicto de interés pueden solicitar que el mismo juez se excuse, sea recusado o se inhiba de conocer el caso. Si no lo hace, podría incurrir en una responsabilidad disciplinaria por incumplir el deber que la ley le impone en esos casos”.


