Siete de los ocho sospechosos de narcotráfico detenidos en Puntarenas por el caso “Titán” no irán a prisión.
Los allanamientos en los que fueron detenidos se realizaron el pasado 27 de enero en Fray Casiano, Puntarenas.
Entre los capturados hay un hombre de apellido Chavarría, conocido como “Gordo Ramos y de 41 años, y una mujer de apellidos Espinoza, conocida como “Mimi”.
A ellos ya un juez los había dejado libres con medidas cautelares, el Ministerio Público apeló, pero les mantuvieron lo mismo.
El Gordo de Fray Casiano es señalado por las autoridades como un narcotraficante que, además tiene antecedentes por homicidio, tentativa de homicidio, posesión de droga y robo agravado.
De acuerdo con la información de las autoridades, Ramos era quien, en apariencia, le distribuía drogas a Espinoza Casares (Mimi). El caso es llamado Titán.
A ella, la PCD la tenía plenamente identificada. Supuestamente a Mimi le entregaba la droga un hermano que lleva los mismos apellidos y quien siempre andaba en moto.
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“Espinoza Caseres era considerado un hombre con alto grado de peligrosidad, ya que tenía antecedentes por los delitos de homicidio, tentativa de homicidio, distribución y venta de drogas, amenazas con arma de fuego, amenazas agravadas y agresiones, revelaron las pesquisas.
La Corte informó que las resoluciones dictadas por el juez Pedro Mejía Romero fueron confirmadas por el Tribunal Penal de Puntarenas que le correspondió resolver las apelaciones.
A los imputados de apellidos Espinoza (mujer), Chavarría y Espinoza se les prohibió tener contacto con asuntos de drogas de uso no autorizado, mantener como domicilio fijo el indicado en Indagatoria, impedimento salida del país y firmar cada 15 días en el Juzgado Penal o en la Fiscalía.
A los imputados Villachica, Ramos, Aguirre, Valdez también le tocaron medidas similares y solamente a uno apellidado Carvajal lo mandaron al tabo por 6 meses.
“En este caso, conocido como ‘Caso Gordo Ramos’, se informa por parte del Juzgado Penal de Puntarenas, que una vez escuchadas todas las partes intervinientes y en aplicación y en respeto del principio de legalidad, oralidad, debido proceso, principio de inocencia e independencia judicial, se determinó por la persona juzgadora que a este momento procesal y estado de la investigación el Ministerio Público no logró acreditar la hipótesis del caso en relación con la persona de apellido Ramos, se rechazó la solicitud de prisión preventiva al no cumplirse el primer requisito del numeral 239 del Código Procesal Penal, probabilidad de comisión delictiva, por ello procesalmente no es procedente la aplicación de ninguna medida cautelar, por ello se ordenó la libertad inmediata siempre y cuando otra causa no lo impidiera”, indicaron.
Mientras que a Villachica lo vinculan con un delito de armas prohibidas por hechos ocurridos en Puntarenas el 31 de diciembre del 2022 y le ordenaron mantener domicilio fijo, firmar cada mes en la Fiscalía local o bien el Juzgado Penal de Puntarenas, impedimento de salida del país, prohibición absoluta de portar armas de fuego o componentes de armas prohibidas.