Ante la polémica generada por la salida de prisión del hombre apellidado Ramírez Zamora, quien fue condenado por matar a su vecuno Otoniel Orozco, en un condominio en Escazú, el Poder Judicial “aclaró” porqué se dio el cambio de medida cautelar a este sujeto.
Por medio de un comunicado de prensa el Poder Judicial se refirió punto por punto al caso, pero inició indicando que actualmente Ramírez cuenta con monitoreo electrónico, situación que inicialmente no había sido contemplada por la jueza que le permitió salir de prisión.
“Este lunes 5 de mayo, el Tribunal Penal de Pavas ordenó la incorporación del uso de monitoreo electrónico como medida de control, esto debido a que la Fuerza Pública informó su imposibilidad material de realizar visitas periódicas, como se había dispuesto inicialmente”.
Otro detalle aclarado por dicha autoridades fue el hecho de que Ramírez se encuentra cumpliendo arresto domiciliario diferente al lugar donde vivía la víctima.
Un punto fundamental al que se refirió el Poder Judicial es que esta medida cautelar no sustituye la condena que recibió Ramírez por el violento homicidio de su vecino.
“Es importante aclarar que esta resolución no sustituye la pena de prisión de 20 años impuesta en sentencia (aún en apelación). Lo que se modificó fue la medida cautelar de prisión preventiva, que se venía cumpliendo mientras se resuelve el recurso de apelación presentado”.
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Finalmente, como ya se había dado a conocer anteriormente, el cambio de la medida cautelar a Ramírez está relacionado con razones médicas, las cuales fueron certificadas ante la respectiva autoridad.
“El cambio de medida se debe a que el imputado fue sometido a una intervención quirúrgica necesaria por una condición médica grave. Informes médicos oficiales establecieron que el sistema penitenciario no puede garantizar el tratamiento, atención médica y alimentación adecuada que requiere su recuperación”.
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El Poder Judicial también señaló que antes de tomar esta decisión, ya se habían otorgado dos permisos con custodia penitenciaria para que el imputado pudiera recibir atención médica especializada. Sin embargo, un dictamen forense confirmó que el sistema penitenciario no puede atender sus necesidades médicas actuales.
La medida de arresto domiciliario se dictó hasta el 3 de setiembre, que es el mismo plazo en el que vencía la medida cautelar de prisión preventiva.