La Fedefútbol confirmó que la revocatoria de la licencia del club Asociación Deportiva Santos de Guápiles fue confirmada por el Tribunal de Apelaciones.
De manera unánime y definitiva, el Tribunal de Apelaciones respaldó la resolución de revocatoria de la licencia de este club, tomada el 2 de mayo del 2025. De ese modo, fue declarado sin lugar el recurso interpuesto por el club.
Esto es lo que informó el tribunal: “El tribunal estudió y analizó los argumentos legales que el equipo Santos alegó, y una vez concluida esta etapa, confirmó lo resuelto por el Comité de Licencias frente al incumplimiento grave en el criterio financiero que sustentaba la licencia de club profesional, y por haber vulnerado el ‘fair play financiero’, así como la equidad deportiva.
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“En el expediente se demostró que: 1. Existió un depósito para el pago de planilla de un tercero al club.
“2. Se omitió la presentación de los estados de cuenta bancarios con la forma y el contenido requerido por el Comité.
“3. Se firmó un contrato de compraventa del club que fue dejado sin efecto legal sin notificación previa al Comité. En síntesis, hubo hechos de relevancia económica y financiera que no fueron reportados conforme al Reglamento de Licencias.
“Finalmente, la forma y el contenido de la información financiera presentada no cumplió con la práctica contable-financiera vigente.
“Adicionalmente a la revocatoria de la licencia de club profesional, el expediente (para lo que corresponda) se remitirá al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica respecto de los profesionales involucrados.
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“Además, la revocatoria de la licencia está acompañada de una multa de 2.500.000 por las otras faltas cometidas.
“Finalmente, se destaca el argumento del TA respecto el principio de estoppel que en múltiples ocasiones ha reitera
do la jurisprudencia del Tribunal de Arbitaje Deportiva (TAS) respecto la aplicación y vigencia de la normativa aplicada en este caso, y también respecto a la consecuencia legal (revocatoria de licencia y pérdida de categoría) por el incumplimiento financiero que se presentó en este caso, la cual está contenida en la normativa depositada ante el Registro de Asociaciones”.