La emoción por el Mundial podría jugarle una mala pasada a más de un trabajador que planea seguir los partidos mientras cumple con su jornada laboral.
Aunque muchos esperan aprovechar el celular, la computadora o incluso algún televisor en la oficina para no perderse ningún encuentro, el abogado laboralista Kendall Ruiz explicó a La Teja que hacerlo sin autorización del patrono podría traer consecuencias disciplinarias.
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Según el especialista, una persona trabajadora no puede asumir que tiene permitido ver los partidos durante horas laborales, ya que esa conducta podría incluso considerarse abandono de trabajo.
“La persona trabajadora no precisamente puede ver los partidos del Mundial porque podría considerarse abandono de trabajo, salvo que la parte patronal le autorice”, señaló Ruíz.
El abogado detalló que la situación aplica tanto para quienes trabajan de manera presencial como para quienes realizan teletrabajo.
Si la empresa no ha autorizado este tipo de prácticas y se determina que la persona descuidó sus funciones por estar viendo el partido, podría enfrentarse a sanciones.
Desde una llamada de atención hasta el despido
Ruiz explicó que las consecuencias dependerán de la gravedad de la situación y del perjuicio ocasionado al patrono.
“La sanción podría ser desde una amonestación leve hasta un eventual despido sin responsabilidad patronal dependiendo de la gravedad de la falta”, comentó.
Además, aclaró que no existe una diferencia importante entre ver el partido desde un celular, una computadora o un televisor colocado en el centro de trabajo.
Lo relevante será si la persona se encuentra en tiempo laboral o en un período de descanso autorizado.
“Si la persona está en su tiempo de descanso, puede hacerlo sin ningún problema. Ahora, si no está en su tiempo de descanso, podría ser sancionada”, indicó.
El especialista añadió que incluso podría configurarse un uso indebido de herramientas de trabajo cuando los dispositivos de la empresa se utilizan para fines distintos a los laborales.
Empresas pueden establecer reglas
El abogado recordó que los patronos tienen la facultad de regular este tipo de situaciones y establecer reglas claras sobre el uso del tiempo laboral durante eventos deportivos de gran interés como el Mundial.
Incluso pueden prohibir expresamente que los trabajadores vean los partidos durante la jornada.
Ruiz también señaló que no es lo mismo una situación aislada que una conducta repetitiva.
“Si de repente es algo leve, pero es reiterativo, por la reiteración podría eventualmente darse un despido sin responsabilidad patronal”, concluyó.


