Las condiciones para la circulación de las bicimotos cambiaron en el país y los dueños de estos vehículos están muy preocupados y llenos de dudas; una de ellas es si tendrán que pagar marchamo o no.
Desde hace tres años el Consejo de Seguridad Vial (Cosevi) anunció que estaba analizando la posibilidad de meter en cintura a las bicimotos porque los conductores de estas circulaban casi que por la libre como si anduvieran una bicicleta; sin embargo, ya cuando los vehículos tienen motor, el asunto es diferente.
Las autoridades habían anunciado que buscaban marcar bien la cancha a las personas que usan bicimotos o bicicletas con motor. Luego de analizar bien el tema, se determinó que no era necesario hacer nuevas leyes o reglamentos porque los actuales eran suficientes; lo que sí hacía falta era aclarar el tema con los usuarios.
Según el Cosevi, la Ley de Tránsito establece que las bicimotos tienen las mismas reglas que las motos; esto quiere decir que para manejarlas se requiere:
- Marchamo.
- Licencia de conducir.
- Revisión técnica.
- Inscripción ante el Registro Nacional.
- Implementos de seguridad como el casco y chaleco reflectivo.
Esto se aplicará ahora para los transportes de dos ruedas cuyo motor es de más de 50 cc o con una potencia superior a los 5 kW; todos ellos entran en la categoría de motocicletas, tengan o no pedales.

