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Condominio gana pulso e inquilino deberá reubicar perra rottweiler

El dueño del animal puso un recurso de amparo alegando que la perra es de asistencia y lo perdió

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Un hombre tuvo que buscarle una nueva casa a su perra raza rottweiler porque en el condominio en el que vive le ordenaron reubicarla.

La orden la dio la administración del condominio Eco Residencial Villa Real, en Escazú, donde el inquilino vive desde agosto del 2014.

El afectado asegura que tiene la perra desde el 2016 y que se trata de una can “de asistencia” ya que él tiene una discapacidad psicosocial.

El dueño del animal calificó el hecho como injusto y el 4 de mayo de este año presentó un recurso de amparo con la fe de que los magistrados le dieran la razón.

La resolución del caso fue dada hasta el 3 de junio de este año, pero fue divulgada hasta este martes 12 de julio.

En el recurso se detalla que el 3 de mayo de este 2022 recibió un documento en el que la junta administrativa le daba tres días naturales para que le buscara una nueva casa a la peludita porque era raza era calificada como peligrosa en las reglas del condominio, por lo que era prohibido que viviera ahí.

“El reglamento del condominio es claro en el sentido de que no se permite la tenencia de animales que al salirse de su encierro puedan originar daños o poner en peligro la vida de otros animales o personas, la raza mencionada está incluida dentro de las prohibidas para tenencia en el condominio y aunque se justificó su tenencia como un ‘animal de servicio’ no consta el entrenamiento que la identifique como tal.

“Se han reportado varios incidentes con otros perros y residentes donde el animal ha demostrado conductas violentas. Por lo anterior se le otorga el plazo de tres días naturales para que reubiquen la perra fuera del condominio y deberá hacer constar al personal de caseta, el momento en que la perra sea removida del condominio; el hacer caso omiso a esta solicitud puede acarrear las sanciones y multas”, detalló el documento.

Cuando los magistrados analizaron el caso indagaron más con la junta administrativa del condominio y los integrantes dijeron que aunque el dueño de la perra había presentado una carta de una sicóloga en la que decía de tenía problemas emocionales, nunca presentó una certificación de Conapdis que demostrara que tenía alguna discapacidad.

Además, tampoco demostró que la perra efectivamente estuviera entrenada como “animal de servicio” ya que lo único que tenía era un arnés que decía “perro de servicio”, pero eso puede conseguirse en veterinarias o tiendas de animales. Incluso, en la carta entregada por la sicóloga se mencionaba que el hombre tenía una perra que le daba apoyo emocional, concepto muy distinto a un perro entrenado para ayudar a una persona con discapacidad.

Como el denunciando tampoco presentó ante los magistrados el certificado de que él tenía una discapacidad ni los documentos que hacían constar que la perrita estaba entrenada como “animal de servicio”, ellos declararon el recurso de amparo sin lugar.

Rocío Sandí

Rocío Sandí

Licenciada en Comunicación de Mercadeo de la Universidad Americana; Periodista de la Universidad Internacional de las Américas, con experiencia en Sucesos, Judiciales y Nacionales. Antes trabajó en La Nación y ADN Radio.

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