El lunes 15 de agosto, Día de la Madre, es feriado de pago obligatorio. Su disfrute se mantiene para ese día.
El Ministerio de Trabajo explicó que ese día nadie puede trabajar a la fuerza ni ser sancionado por negarse a asistir a la oficina.
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Ahora bien, en caso de que su patrón le pida que trabaje y usted esté de acuerdo, si su salario es quincenal o mensual ese día deben pagárselo doble, pero si su salario es semanal y no tiene que trabajar, el pago será sencillo, como un día común y corriente.
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Si se trabajan horas extra, se deben pagar a tiempo y medio doble, es de decir pago triple.
Es importante señalar que, aunque la empresa sea nacional, transnacional o internacional, tiene que conceder ese día feriado a todas las personas colaboradoras que trabajan en el país. Cualquier convenio sobre renuncia del disfrute de los feriados, es absolutamente nulo según el artículo 11 del Código de Trabajo.