En los últimos días, el tema sobre la millonaria pensión de ¢4 millones que un juez ordenó que reciba Elena Correa por parte de su todavía esposo, Carlos Rodríguez, y del cual se separó hace unas semanas, ha causado mucha controversia.
Un montón de gente ha dicho en redes sociales que ese monto es una barbaridad, ya que consideran que es una exageración que una mujer tan joven (32 años) puede trabajar, por lo que no necesita de una pensión, pero la ley es la ley.
La Teja consultó al abogado Boris Acosta en qué casos las mujeres pueden solicitar este tipo de pensiones millonarias y nos dio una explicación muy detallada.
“Los beneficiarios de la pensión alimentaria siempre son las personas dependientes de aquel que efectivamente sufraga sus gastos durante una unión, en este caso pueden ser uniones de matrimonio o sanguíneas, en el caso de ser un familiar como los hijos menores de edad o personas incapaces que aun siendo mayores de edad por su necesidad de salud requiere seguir dependiendo del auxilio de sus padres, es lo habitual.
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“Hay casos excepcionales como el de las esposas que vienen a pedirle pensión a los maridos porque durante la unión matrimonial él era el que la mantenía. En este caso de Elena y don Carlos, si ella durante toda su unión matrimonial se mantuvo dependiendo de él, si ella no tenía ingresos propios, si no sufragaba sus gastos y él le daba un estilo de vida realmente ostentoso, le mantenía un estilo de vida alto, le pagaba universidades, le regalaba carros carísimos y cosas de esa naturaleza, si ella se divorcia y muestra que efectivamente era dependiente 100% de los ingresos que él le daba para subsistir, efectivamente con eso tiene el aval para reclamar su pensión”, explicó el abogado.
Criterio subjetivo
Acosta dijo, además, que el juez que define el monto de la pensión en estos casos lo hace con un criterio subjetivo, considerando estos elementos.
Según se sabe, Elena había pedido una pensión de entre ¢8 y ¢10 millones, pero al final el juez la dejó en ¢4 millones.
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“Probablemente, para muchos de nosotros sea una situación totalmente desproporcionada e irreal que, por ser una mujer joven, que no tiene hijos, que tiene estudios universitarios de postgrado, tenga derecho a una pensión de este nivel, pero la ley no puede ser diferente para unos y para otros, tiene que aplicarse de forma pareja.
“La ley habla sobre el estilo de vida y la proporcionalidad que la persona que es beneficiaria venía viviendo y ahora merece mantener y por eso es que el juez toma en cuenta esos parámetros para decir, bueno, mientras Elena vivía con don Carlos él le cubría gastos razonables y representativos de hasta ¢4 millones, por esa razón lo menos que él debe pagarle para que ella siga teniendo ese estilo de vida es ese monto”, manifestó el experto.