Se acercan las vacaciones de medio año y muchas familias ya están haciendo planes para ir de paseo.
En muchas ocasiones las salidas incluyen a los perros y otras mascotas, pero ¿es permitido andar animales en el carro?
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El Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) siempre ha dicho que llevar un animal dentro de un automóvil es una gran responsabilidad, y por eso hay que tomar en cuenta varios aspectos.
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Pese a que la Ley de Tránsito no establece ninguna normativa respecto de cómo deben viajar las mascotas dentro del vehículo, sí está más que claro que un conductor no puede distraerse mientras maneja, así que por nada del mundo puede andar el animalito en el regazo.
“La única obligación aplicable a las mascotas en un vehículo es que no deben ir en las piernas, brazos, hombros o cabeza del conductor (gatos, iguanas, perros, hámsteres, por ejemplo), ya que implicaría que el chofer va realizando otra actividad mientras conduce y ello conlleva, además del peligro, una multa de ¢122.000″, informó el MOPT.
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En esa línea, la Policía de Tránsito, deja a la decisión de cada persona cómo llevar al peludito, pues solo pueden dar recomendaciones, salvo el tema puntual ya descrito. Eso sí, sugieren que la mascota no ande suelta dentro del carro, pues será el primer afectado en un choque; saldrá ‘volando’ tras el impacto, con las consecuencias, incluso fatales, que eso implica.
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La institución dijo, además, que es un riesgo que saque mucho el cuerpo o la cabeza por la ventana, podría golpearse con una moto, un poste, el retrovisor de otro carro o, peor todavía, podría caer o saltar a la calle.
También, por instinto, si van asomados por la ventana, podrían hacer a morder a algún peatón, un ciclista o a un motociclista, mientras el vehículo está detenido.
Lo ideal, indicaron las autoridades, es llevarlos en los asientos de atrás sujetos, no sueltos en el asiento del acompañante, porque podría caer en los pedales e impedir que el conductor frene y provocar una tragedia.