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Policía que cuida a bebita porque esposa murió se siente desprotegido por la ley

Él no tiene derecho a la licencia de maternidad porque su compañera no era asalariada

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Al policía Dehivi Orozco le cuesta creer que prácticamente tuvo que rogar para que le permitieran quedarse en casa los tres primeros meses de vida de su bebita Nasly Dariana, luego de que su esposa muriera.

Él y su familia aún no salen del luto de haber perdido a Ariana María Fernández Aguilar solo seis días después de que diera a luz a la pequeña.

El miércoles 3 de agosto Ariana estaba en su casa, en Río Frío de Sarapiquí, reponiéndose de un piquete en la vejiga que le hicieron cuando nació la pequeña, pero su salud se complicó de un momento a otro y ese mismo día falleció.

La familia de la víctima cree que el procedimiento que le hicieron en el hospital de Heredia, donde se dio la cesárea, no fue el mejor y eso la habría llevado a la muerte, sin embargo, eso está en investigación por parte del Organismo de Investigación Judicial (OIJ).

Por la muerte de su esposa, Dehivi recibió una licencia de siete días en el Ministerio de Seguridad Pública (MSP) y después de eso se puso a tramitar la licencia -que según él le correspondía por ley- ya que con la modificación que se hizo recientemente a la Ley de Paternidad, cuando una mamá muere dentro de la licencia de maternidad el papá del bebé puede hacer uso de lo que quedaba de esa licencia.

El artículo 95 del Código de Trabajo dice lo siguiente:

“La trabajadora embarazada gozará obligatoriamente de una licencia remunerada por maternidad, durante el mes anterior al parto y los tres posteriores a él. Estos tres meses también se considerarán como período mínimo de lactancia, el cual, por prescripción médica, podrá ser prorrogado para los efectos del artículo anterior”.

En el inciso C de ese artículo se detalla que:

En el caso de muerte materna en el parto o durante la licencia, cuyo niño o niña haya sobrevivido, el padre biológico tendrá derecho a una licencia especial posparto, cuya beneficiaria era la madre fallecida”.

De eso fue lo que se agarró Dehivi para pedir en la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) que le dieran la licencia para poder estar con su bebita durante los primeros meses de vida y así ella no sintiera tanto la ausencia de la mamá, pero se llevó una desagradable sorpresa.

La ley no aplica para él

La CCSS le dijo al oficial que en este caso no podían darle la licencia de maternidad porque su esposa no tenía trabajo cuando falleció. Ariana era ama de casa.

“No entiendo porqué me dicen eso si se supone que es un beneficio que tenemos los papás. ¡En qué nos ayuda entonces la Ley de Paternidad! Yo tengo trabajo, cotizo mes a mes, ¿por qué no me aplica a mí ese beneficio?, dijo molesto.

Para aclarar el asunto contactamos a Eric Briones, experto en Derecho Laboral, y él nos explicó por qué en el caso de Dehivi no aplica la licencia por maternidad.

“Estamos hablando del Código de Trabajo, así que no cabe la menor duda de que para que el papá del niño reciba la licencia de maternidad, la mamá debía de ser trabajadora, asalariada. Vea que en el artículo 95 del Código dice claramente ‘trabajadora embarazada gozará obligatoriamente de una licencia remunerada por maternidad’, si la mujer embarazada no tenía un contrato laboral, entonces no se aplica la licencia”, detalló el experto.

En el caso de Dehivi, por su insistencia de que necesitaba cuidar a su bebita, la CCSS le dio una licencia especial que se da a los papás para que cuiden a sus bebés cuando ellos están con alguna enfermedad grave, pese a que la niña está sana.

El policía dice que esa licencia especial es cubierta totalmente por la CCSS por lo que durante estos meses que esté en casa no aportará nada al aguinaldo ni al salario escolar, por lo que sus ingresos se verán afectados.

“Si se supone que la Ley de Paternidad busca el bienestar del menor y este pierde a la mamá, lo mejor es que el papá se haga cargo de él sin importar si la mamá trabajaba o no.

“Si a mi no me hubieran dado esa licencia especial ¿qué hubiera pasado con mi chiquita? Siento que hay cosas importantes que revisar con esa legislación, hay mucho que mejorar todavía”, aseguró.

Rocío Sandí

Rocío Sandí

Licenciada en Comunicación de Mercadeo de la Universidad Americana; Periodista de la Universidad Internacional de las Américas, con experiencia en Sucesos, Judiciales y Nacionales. Antes trabajó en La Nación y ADN Radio.

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