Las personas que acostumbran usar las redes sociales para ofender a los demás y dañarles el honor tendrán ahora un freno legal y deberán comportarse si no quieren tener problemas con la ley.
El diputado Gilberto Campos Cruz, del Partido Liberal Progresista, presentó el proyecto de “Ley para garantizar la responsabilidad de las manifestaciones emitidas por redes sociales”, el cual pretende actualizar el Código Penal costarricense para responder a los desafíos del mundo digital.
La iniciativa plantea la creación de la figura de ofensas al honor agravadas cuando estas se cometan a través de redes sociales, medios de difusión masiva o comunicaciones electrónicas de amplio alcance por parte de un agente con capacidad de influencia, o influencer.
LEA MÁS: ¿Le urge solicitar el FCL? Estos son los pasos que debe seguir
El Código Penal se hizo cuando no había redes sociales
La iniciativa parte del hecho de que el Código Penal vigente fue aprobado en 1970, en una época en la que no existían redes sociales, plataformas digitales ni los actuales mecanismos de difusión masiva de contenidos.
Debido a eso, el marco jurídico vigente fue diseñado para una realidad completamente distinta a la actual, en la cual las redes sociales se han convertido en plataformas para difundir mentiras, calumnias e informaciones difamatorias o injuriosas, dañinas para el honor de las personas.
LEA MÁS: Hay noticias sobre la entrega acelerada del ROP
Campos destacó que uno de los aspectos centrales del proyecto es que las ofensas al honor agravadas se tramitarán como delitos de acción pública a instancia privada.
Esto significa que la causa se iniciará a partir de la denuncia de la persona afectada, pero la investigación y persecución penal quedará en manos del Ministerio Público, evitando que la víctima tenga que enfrentar por sí sola procesos complejos frente a quienes difunden las ofensas.
Fiscalía tendría que investigar
La propuesta justifica la participación del Ministerio Público en que, en el contexto digital, la víctima suele encontrarse en una posición de desventaja frente al poder de difusión de quienes operan en redes sociales o plataformas de alcance masivo.
Bajo el nuevo esquema, una vez presentada la denuncia, será la Fiscalía la encargada de hacer la investigación penal.
El proyecto también introduce el procedimiento de jactancia, una herramienta procesal destinada a enfrentar situaciones en las que una persona difunde públicamente acusaciones graves contra otra, entre ellas la atribución de delitos o vínculos con organizaciones criminales, afirmando tener pruebas de tales señalamientos.
“Mediante este mecanismo, el Ministerio Público podrá requerir al autor de las manifestaciones que aporte las pruebas que dice poseer. En caso de no presentarlas o si estas resultan irrelevantes para sustentar las acusaciones difundidas públicamente, la persona afectada quedará habilitada para promover la acción penal correspondiente por ofensas al honor agravadas”, explicó el diputado.



