Con el objetivo de proteger la integridad del material electoral y la seguridad de los votantes, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) recordó que el reglamento vigente impide el ingreso de animales a las aulas de votación.
Aunque se reconoce el vínculo afectivo con las mascotas, solo se permitirán perros de asistencia o apoyo emocional bajo acreditación previa.
De acuerdo con el Reglamento para el Ejercicio del Sufragio, queda estrictamente prohibido ingresar con animales a los siguientes puntos:
- El local (aula): Donde se ubican los miembros de mesa.
- El recinto de votación: El área privada donde se marca la papeleta y se encuentra la urna.
La institución fundamenta esta decisión en que la presencia de animales puede comprometer el orden indispensable de la jornada y la seguridad de los participantes.
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¿Existen excepciones?
La normativa contempla únicamente casos específicos relacionados con necesidades médicas o de asistencia:
- Discapacidad visual: Personas que requieran la compañía de un perro de servicio.
- Apoyo emocional: Casos en los que el animal sea indispensable para el elector, siempre que esta situación haya sido acreditada previamente ante la Junta Receptora de Votos (JRV).
En estas situaciones, el Cuerpo Nacional de Delegados y los miembros de la JRV velarán por la aplicación de la excepción.
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Políticas en los centros educativos
Sobre el ingreso a las áreas comunes de los centros de votación (como patios de escuelas o colegios), el TSE aclaró lo siguiente:
- La autorización quedará sujeta a las políticas internas de cada institución.
- Dependerá del criterio del encargado del inmueble y el cumplimiento de leyes sobre animales en espacios públicos.
- Se insta a considerar el bienestar del animal, evitando exponerlo a entornos concurridos.


