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Referéndum: ¿Qué pasa si este martes los diputados aprueban la ley jaguar?

El TSE explica cuál sería el procedimiento a seguir si los diputados aprueban la ley jaguar

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Todo parece indicar que este martes los diputados votarán la ley jaguar, con la que el Gobierno quiere llevar a cabo un referéndum.

Para que esa ley quede en firme se necesitan al menos 29 votos positivos, de lo contrario el proyecto de ley moriría.

Diputados. Plenario legislativo.
Los diputados podrían votar la ley jaguar este martes. (Asamblea Legislativa)

Este procedimiento, a diferencia de una ley común y corriente, solo necesita una votación, no dos.

En caso de que los legisladores aprueben la ley, el que debe continuar el proceso para determinar si habrá o no referéndum será el Tribunal Supremo de Elecciones.

Andrei Cambronero, letrado del Tribunal, explicó cuál sería el procedimiento a seguir.

“La documentación pasaría al Tribunal Supremo de Elecciones, ¿qué documentación? El decreto presidencial que solicitó enviar a referéndum el proyecto denominado Ley Jaguar para el Desarrollo de Costa Rica, así como el acta de la Asamblea Legislativa en la que consta esta votación de no menos de 29 votos a favor.

“A partir de ahí, el Tribunal tenía que plantear si va a formular o no una consulta a la Sala Constitucional para ver si el proyecto está de acuerdo a la Constitución”, dijo el funcionario.

Andrei dice que por tratarse de la modalidad de referéndum hecha en conjunto por el Poder Ejecutivo y el Legislativo, no sería necesario enviar consultas a ninguna otra institución.

Rodrigo Chaves llegó a la Asamblea Legislativa para presentar un proyecto de ley sobre el referéndum
Rodrigo Chaves es quien impulsa el referéndum. (Rocío Sandí Z.)

En caso de que se envíe la consulta a la Sala, los magistrados tendrían alrededor de un mes para enviar la respuesta.

“Si se llega a enviar la consulta a la Sala, una vez que los magistrados respondan, el Tribunal tendría que sentar posición sobre los alcances informados por los magistrados.

“Habría que revisar aspectos como plazos, por ejemplo, que no estemos en veda constitucional, que todavía no lo estamos, y eventualmente valorar algunos temas excluidos de la consulta, analizar el artículo 105 constitucional si es que esto no fue objeto de la consulta a la Sala”, explicó.

No hay plazo establecido para que el Tribunal haga esos análisis.

Si luego de los análisis necesarios, el Tribunal determina que todo está en orden, entonces haría la convocatoria y tendría tres meses a partir de ese momento para hacer todos los trámites necesarios y llevar a cabo la consulta popular.

Rocío Sandí

Rocío Sandí

Licenciada en Comunicación de Mercadeo de la Universidad Americana; Periodista de la Universidad Internacional de las Américas, con experiencia en Sucesos, Judiciales y Nacionales. Antes trabajó en La Nación y ADN Radio.

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