El sicariato es un negocio ilícito donde la gente pacta quitarle la vida a alguien. Es cobrar para matar a una persona sin tener respeto por la vida a cambio de una remuneración económica.
Ahora se habla de crimen organizado, el cual funciona como una empresa y la cual cuenta en unas de sus áreas de operación de los sicarios, quienes se encargan de eliminar a rivales para dar mensaje de poder, dominar territorios o que se conviertan en obstáculos contra sus objetivos.
Debido a lo anterior, es que se le da forma a la reforma conocida como Ley Contra el Sicariato en Costa Rica entró a regir tras su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, al incorporar dos nuevos delitos al Código Penal (Ley 4573).
LEA MÁS: Bolados Legales: El pago de la pensión alimentaria y todo lo que se debe saber sobre este derecho
La norma, identificada como Ley N.º 10841, adicionó los artículos 112 bis y 280 bis y estableció un marco sancionatorio específico para el homicidio cometido por encargo o con promesa de pago, vinculado a organizaciones criminales, así como para la promoción pública de ese tipo de crímenes.
Según el texto publicado, el nuevo artículo 112 bis fijó una pena de 20 a 40 años de prisión para quien cause la muerte de otra persona por encargo, acuerdo, remuneración económica o promesa remuneratoria, cuando el hecho se relacione con la pertenencia o participación en una organización criminal.
LEA MÁS: Bolados Legales: el femicidio y sus terribles repercusiones
Además, el artículo 280 bis castigó con 3 a 5 años de cárcel a quien públicamente solicite, ofrezca o promueva servicios de homicidio por encargo o con promesa remuneratoria.
La misma sanción aplica para quien ofrezca públicamente servicios de preparación o entrenamiento para ejecutar ese tipo de homicidio.
Licenciado Boris Acosta Castro, teléfono: 8435 6135.