La emoción por el Mundial comenzó a sentirse desde hace varios días en muchos centros de trabajo, gracias al álbum del torneo.
Entre conversaciones sobre selecciones, pronósticos y postales repetidas, son muchos los colaboradores que aprovechan cualquier momento para intentar completar su álbum e intercambiar figuritas con los compañeros.
Sin embargo, aunque se trate de una actividad que parece inofensiva, hay límites que los trabajadores deben tener claros para evitar problemas laborales.
La abogada laboralista Beatriz Herrera explicó que cuando un colaborador deja de realizar las funciones para las que fue contratado con el fin de llenar el álbum o intercambiar postales, podría incurrir en un incumplimiento de sus obligaciones laborales.
“En materia laboral, el abandono de trabajo no implica necesariamente abandonar físicamente el puesto, sino dejar de ejecutar las labores para las cuales se fue contratado”, detalló la experta.
Por ejemplo, explicó que si una persona dedica buena parte de su jornada a revisar postales, intercambiarlas o conversar sobre el álbum mientras descuida sus responsabilidades, la empresa podría considerar que existe una afectación a su desempeño.
Herrera indicó que el artículo 72, inciso a), del Código de Trabajo establece que los trabajadores deben desempeñar sus funciones con el cuidado y la dedicación debidos.
¿Se pueden intercambiar postales en la oficina?
Según la especialista, si el intercambio de postales se realiza durante la hora de almuerzo o en los tiempos de descanso, no existe ningún inconveniente.
El problema surge cuando estas actividades se trasladan a la jornada efectiva de trabajo y comienzan a interferir con las funciones del colaborador.
“Si ocurre durante la jornada laboral y afecta el cumplimiento de las funciones, puede considerarse una distracción laboral e incluso una forma de abandono de trabajo”, señaló.
La empresa sí puede poner reglas
Otro aspecto que muchos desconocen es que las empresas tienen la facultad de establecer normas internas sobre las actividades permitidas dentro del centro de trabajo.
La abogada explicó que las medidas forman parte de las facultades de dirección y organización que tiene todo patrono.
Eso sí, las reglas deben aplicarse de forma uniforme para todos los trabajadores, incluyendo jefaturas y gerencias.
¿Lo pueden sancionar?
La respuesta es sí.
Si la conducta afecta el desempeño laboral o genera incumplimientos, la empresa podría aplicar medidas disciplinarias.
Herrera explicó que las sanciones deben ser proporcionales a la falta cometida y que, en muchos casos, primero se recurre a llamados de atención o amonestaciones antes de valorar medidas más severas.
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¿Cuál es la recomendación?
La especialista recomienda disfrutar la fiebre mundialista en los momentos destinados al descanso.
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De esa forma, los colaboradores pueden compartir con sus compañeros, intercambiar postales y avanzar en el álbum sin poner en riesgo sus responsabilidades laborales.
Al final, la clave está en encontrar un equilibrio entre la pasión por el fútbol y las obligaciones del trabajo.


