A partir de este lunes 1.° de setiembre se implementa la versión 4.4 de la facturación electrónica, con la cual los contribuyentes podrán cumplir con sus obligaciones tributarias.
En esta versión rigen nuevos cambios en la forma en que las empresas y los comercios deben reportar sus impuestos a Hacienda.
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Uno de los cambios que se anunciaron es la incorporación del nuevo comprobante electrónico llamado “Recibo Electrónico de Pago”, para trasladar el IVA al cobro en ventas, a crédito y en facturas.
También se agregaron nuevas excepciones a la obligación de emitir el comprobante electrónico; por ejemplo, la población indígena y aquellos comercios que reciben donaciones.
Por otra parte, se ampliaron los medios de pago como SINPE móvil y plataformas digitales con desglose por cada medio.
Recuerde que se deben reportar a Hacienda los pagos que se realicen por medio de SINPE móvil.
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Con estos cambios, Hacienda espera mejorar el control tributario y la trazabilidad de las operaciones.
Las autoridades señalaron que si un usuario requiere una prórroga para implementar el sistema, deben solicitarla a la Administración Tributaria, a través de su representante legal o autorizados, en el sistema de Trámites Virtuales (TRAVI).
Si un usuario no emite los comprobantes, puede recibir una multa económica.
Además, indicaron que los usuarios de la herramienta gratuita en ATV podrán continuar emitiendo facturas por ese medio, hasta la implementación de la nueva herramienta TICO FACTURA, que entra en vigor a partir del 6 de octubre.
En este enlace se puede ver la explicación que realizó Hacienda sobre los diferentes tipos de comprobantes electrónicos que se pueden realizar en esta nueva versión.
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