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AyA despidió mal a empleado que falsificó título y tuvo que recontratarlo y pagarle un platal

La institución apeló ante la Sala Segunda, pero también lo hizo mal, así que el trabajador ganó el pulso

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Un error administrativo en un despido a un empleado de Acueductos y Alcantarillados (AyA) que falsificó el título de colegio para que lo contrataran, se trajo abajo el castigo y al final tuvieron que recontratarlo y hasta pagarle los salarios caídos durante cinco años.

Según consta en la sentencia de la Sala Segunda a la que La Teja tuvo acceso, el despido del hombre de apellido Zamora, se dio el 14 de diciembre de 2017.

En el documento se detalla que Zamora fue despedido porque se comprobó que había presentado un título falso de Bachillerato en Educación Media (colegio) para que lo contrataran, ya que era un requisito indispensable.

AyA se dio cuenta de la existencia del documento falso el 18 de noviembre del 2016 y de inmediato inició la investigación administrativa.

El primer error que cometió la institución fue que, según la Ley General de Administración Pública, cuando un funcionario es centro de investigación de este tipo de situaciones, debe ser informado antes de que se cumplan los primeros 30 días desde que se abrió el proceso, pero en este caso no se dio así porque Zamora estaba de vacaciones y esperaron a que él regresara para informarle; fue notificado el 17 de enero del 2017, día en que regresó a laborar.

Según especifica la ley, en estos casos debe hacérsele llegar la notificación al funcionario antes de los 30 días, aún cuando esté de vacaciones.

Luego de que el trabajador fue notificado del despido, apeló la resolución a nivel judicial y un juez le dio la razón. Argumentando que AyA violó la Ley General de Administración Pública, se le ordenó reinstalar al funcionario en su puesto por el mal procedimiento.

AyA apeló

Ante ese resultado y defendiendo el hecho de que el despido se dio porque la falsificación del título de secundaria, AyA apeló la resolución ante la Sala Segunda, pero ahí cometió el segundo error.

“(El funcionario) quebrantó los principios de buena fe y lealtad que deben privar en toda relación obrero patronal, con lo cual además lesionó las obligaciones laborales a que está compelido todo trabajador. Manifiesta que, la deslealtad constituye una falta grave a las obligaciones contractuales, que puede ser sancionada con el despido sin responsabilidad patronal”, indicó la institución ante la Sala.

Cuando se lleva una apelación a la Sala Segunda, la parte que está inconforme con el fallo debe atacar la causa por la que se dio mal el procedimiento.

En este caso AyA debía justificar el porqué habría sido imposible notificar al funcionario antes de los 30 días de ley luego de que se abriera la investigación en su contra o demostrar que en realidad sí había sido notificado y que el procedimiento sí se dio en regla para que la Sala echara para atrás la sentencia, pero en lugar de eso la institución volvió a reafirmar la causa de despido del trabajador: la falsificación del título.

“En el recurso presentado no se atacaron las razones puntuales por las que la juzgadora sustentó lo resuelto... El recurrente se limita a reiterar la falta achacada al trabajador, sin que los reclamos guarden correspondencia con el argumento de hecho y jurídico dado por el Juzgado para fundamentar su decisión. En ese tanto, el recurso resulta inadmisible y debe ser rechazado de plano”, explicó la Sala en la resolución.

Tienen que pagar un platal

En la resolución de la Sala Segunda se especifica que además de reinstalar a Zamora en su puesto, AyA debe pagarle todos los salarios caídos, es decir, los salarios que dejó de percibir desde 14 de diciembre de 2017 hasta que regrese a sus labores, así como hacer los ajustes en las cuotas obrero patronales. Lo único que sí se le negó a Zamora fue el pago de daño moral que pidió ante el juez.

La Teja pidió a AyA una explicación sobre los errores cometidos por la institución. También se pidió el monto al que equivalen los salario caídos del funcionario que tuvieron que contratar y si tomarán alguna otra medida contra él, pero la respuesta que recibimos por parte de la institución fue muy escueta.

“Con respecto al caso que consulta le indicamos que se encuentra en investigación y no es posible brindar más detalles en aras del resguardo al Principio de Legalidad artículo 11 de la Constitución Política y Debido Proceso capítulo segundo de la Ley General de Administración Pública”.

También se trató de contactar a Zamora para obtener su reacción sobre la falsificación del título de secundaria y la resolución de la Sala Segunda a su favor, pero los números que tiene registrados a su nombre no corresponden.

Rocío Sandí

Rocío Sandí

Licenciada en Comunicación de Mercadeo de la Universidad Americana; Periodista de la Universidad Internacional de las Américas, con experiencia en Sucesos, Judiciales y Nacionales. Antes trabajó en La Nación y ADN Radio.

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