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¿Es contribuyente y debe pagar impuestos? En esta fecha se vence la declaración del IVA

El Ministerio de Hacienda les hizo un recordatorio a los contribuyentes

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En la imagen, una persona ingresando al sistema ATV
Los contribuyentes deben declarar y pagar el IVA y otros impuestos a más tardar el 18 de agosto. Foto: Jose Cordero (Jose Cordero/Jose Cordero)

Si usted es contribuyente y debe presentar la declaración del Impuesto de Valor Agregado (IVA), recuerde que este mes vence la presentación de este impuesto.

El Ministerio de Hacienda informó que hay tiempo para presentar la declaración correspondiente a julio hasta el 18 de agosto.

Además del IVA, se debe presentar las declaraciones de estos tributos:

  • Impuesto a las utilidades
  • Retenciones en la fuente del 3% por transportes, comunicaciones, películas, etc
  • Retenciones en la fuente por salarios, jubilaciones y otros pagos laborales
  • Retenciones en la fuente por pensiones voluntarias
  • Retenciones en la fuente por dividendos, participaciones y asimilables a dividendos
  • Retenciones en la fuente por remesas al exterior v2
  • Retenciones en la fuente por rentas de capital mobiliario-intereses
  • Impuesto Selectivo de Consumo
  • Impuesto a los casinos y salas de juego
  • Impuesto único por tipo de combustible
  • Impuesto específico sobre bebidas alcohólicas
  • Rentas de capital inmobiliario
  • Autoliquidación del impuesto rentas de capital mobiliario
  • Impuesto de ganancias y pérdidas de capital
  • Impuesto específico a las bebidas envasadas sin contenido alcohólico y jabones de tocador
  • Impuesto específico al tabaco
  • Contribución parafiscal de la Cruz Roja Costarricense
  • IVA de proveedores e intermediarios de servicios transfronterizos mediante internet y otras plataformas digitales
  • Impuesto sobre la venta y el autoconsumo de cemento
  • Impuesto sistemas electrónicos de vapeo y accesorios.
En la imagen la fachada del Ministerio de Hacienda.
El Ministerio de Hacienda recordó a los contribuyentes a declarar y pagar los impuestos correspondientes de julio a más tardar el 18 de agosto. (Rafael Pacheco Granados/Rafael Pacheco Granados)

También se presentan los formularios de pago para rentas de capital mobiliario e inmobiliario y ganancias de capital, provenientes de fuentes extranjeras.

Las declaraciones se pueden presentar por medio del sitio Administración Tributaria Virtual (ATV) y se puede pagar desde el mismo portal o en los bancos.

Si usted no paga los impuestos a más tardar el 18 de agosto, las autoridades le pueden imponer multas e intereses, que corren a partir del 19 de agosto.

Ingrid Hidalgo

Ingrid Hidalgo

Periodista de Nacionales. Licenciada en Comunicación de Masas de la Universidad Federada San Judas Tadeo.

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