Si usted es comerciante y vende mercancía sin documentos válidos o sin pruebas idóneas de adquisición, puede enfrentarse a una fuerte sanción.
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Las autoridades pueden aplicarle una sanción de cierre temporal a su negocio durante 15 días, según el artículo 242 ter de la Ley General de Aduanas, cuya norma fue reformada en el 2022.
De hecho, recientemente el Ministerio de Hacienda publicó una política para ejecutar esta sanción por infracción de la normativa aduanera.
El Observatorio del Comercio Ilícito de la Cámara de Comercio de Costa Rica (CCCR) celebró la publicación de esta política, pues consideró que es una herramienta fundamental en la lucha contra el comercio ilícito.
“Desde la Cámara de Comercio hemos impulsado esta herramienta, primero durante la discusión de la reforma a la Ley General de Aduanas y más recientemente con la publicación de este procedimiento. Esta normativa nos genera esperanzas de que se logre reducir la impunidad en materia de comercio ilícito”, dijo Ricardo Carvajal, director ejecutivo del Observatorio del Comercio Ilícito.
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“Esperamos que este instrumento sea utilizado para sancionar a todos aquellos negocios que incumplen las reglas, de manera que podamos promover un entorno comercial más justo en el país”, añadió.
La publicación de la normativa se hizo en un contexto en el que ha crecido el comercio ilícito de licores, cigarrillos, medicamentos, productos falsificados, entre otros.
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