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Solo quedan dos feriados en el 2026: entérese cuándo son y cuál es de pago obligatorio

Aún quedan días feriados en la última parte del 2026

Uno de pago obligatorio y otro no, vea las fechas de feriados que quedan en el 2026. (SHUTTERSTOCK para EF)

Con la mayor parte del año transcurrida y a las puertas del 2027, muchos costarricenses se preguntan: ¿Cuántos feriados quedan en el 2026?

De los doce días festivos estipulados por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) a lo largo del año, solamente quedan dos en el calendario. Uno de ellos es de pago no obligatorio y el otro sí exige su remuneración obligatoria.

Siguiendo el cronograma oficial, las fechas que restan para cerrar el año son:

  • Martes 1 de diciembre (Abolición del Ejército): Este feriado es de pago no obligatorio. Esto significa que, si el trabajador disfruta del día libre, su remuneración dependerá de la modalidad de pago que tenga estipulada con su patrono.
  • Viernes 25 de diciembre (Navidad): Este es el último feriado del 2026 y sí es de pago obligatorio, lo que garantiza el reconocimiento económico de ese día aunque el empleado se encuentre libre.

El Ministerio de Trabajo es enfático en indicar que ninguna persona está obligada a laborar en los días festivos estipulados en su cronograma, lo cual incluye estas dos fechas de diciembre.

De 12 feriados aún quedan dos
De 12 feriados aún quedan dos (Ministerio de trabajo/Ministerio de Trabajo)

“Solamente si está de acuerdo los puede laborar. Si una persona trabajadora se niega a laborar esos días feriados, no puede ser sancionada por esa causa”, por supuesto, esto depende de la labor desarrollada.

Asimismo, la entidad reitera en su comunicado que todas las empresas, ya sean nacionales, transnacionales o internacionales, deben conceder el disfrute de estos feriados a los colaboradores que laboran en Costa Rica.

Sobre la prohibición patronal de ocupar a sus trabajadores en días feriados, se exceptúan aquellos centros de trabajo y actividades laborales específicas enumeradas en los artículos 150 y 151 del Código de Trabajo.

Usualmente, durante el mes de diciembre, el Ministerio de Trabajo publica el calendario oficial con los feriados del año siguiente, los cuales, por lo general, no varían año con año.

Juan Pablo Garita Sánchez

Juan Pablo Garita Sánchez

Periodista de Nacionales en La Teja, estudiante de periodismo en la Universidad Latina de Costa Rica y fotógrafo. Primera experiencia profesional de lleno en un medio de comunicación, con experiencia en coberturas de televisión y radio a nivel nacional.