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Ley obligaría a esposas a costear la mitad de los gastos en una familia

Abogada dice que artículo 35 del Código de Familia va contra la Constitución Política

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La maestra Verita Quesada se ha hecho cargo de su hijo desde que él tenía once meses. Han pasado 19 años y el muchacho irá el año entrante a la universidad. Todo gracias a su mamá.

Verita ha hecho siempre el aporte principal de la familia, asegura que el padre de su hijo fue un irresponsable.

Vianney Delgado es periodista y da un porcentaje de sus ingresos a la familia. Lo hace en la medida de sus posibilidades y no por una imposición legal, como pretende un proyecto de ley que podría ser presentado este miércoles por el diputado Erick Rodríguez (Independiente) y quien acogió una iniciativa del Instituto de Apoyo al Hombre.

Verita y Vianney ven el proyecto con desconfianza. Creen que no es la solución al reclamo de los varones que ven injusto que ellos deban hacerse cargo de todos los gastos de una casa. Eso está así en el Código de Familia (artículo 35), donde se plantea que el marido es el principal obligado a correr con los gastos que demande la familia.

Doña Vianney considera que por más ley que haya, ese tipo de conflictos (repartición de cargas) debe solucionarse de otra manera, dependiendo del aporte y del salario de cada cónyuge y de las responsabilidades que tengan en la casa.

En su caso, ella dejó de trabajar un tiempo para acompañar a su marido en un proyecto fuera del país y fue un acuerdo que favoreció a la familia. Pero eso ya pasó, ahora da plata, igual que su esposo.

Ayote por parejo

Es la entrada en vigencia del matrimonio igualitario –para marzo del 2020– lo que llevó a la abogada Eugenia Quesada, del Instituto de Apoyo al Hombre, a presentar una acción de inconstitucionalidad contra el artículo 35 del Código de Familia.

Quesada señala que con el matrimonio igualitario (por medio del cual hombres se pueden casar con hombres y mujeres con mujeres) ese artículo queda en el aire. “Violenta el principio constitucional de igualdad, ya resultaba anacrónico y con la entrada de esa figura (uniones gais) no habrá marido ni esposa, habrá contrayentes o cónyuges. Por eso pierde su aplicación, sería inconstitucional”.

Con la reforma Quesada pretende que el artículo reparta por igual la manutención del hogar y cuando haya una separación y uno de los dos quede con la custodia de los hijos, que a ese persona se le reconozca el trabajo en especie, por lo que aportará un 40% y la otra persona el 60% restante.

Añadió la abogada que en la actualidad, si un hombre gay se casa con otro y se separan cada quien corre con sus gastos, pero si es con una mujer, el hombre debe asumir los gastos en caso de que haya hijos. “Ese artículo está rezagado dentro de las disposiciones que dio la Sala IV para variar el marco normativo y acoplarlo a la entrada en vigencia del matrimonio igualitario”, afirma.

Además, Quesada dijo que la reforma también pretende que la pareja (ambos) se involucren en la labor de crianza de los hijos y en quehaceres del hogar por igual.

“En las pensiones el tema alimentario es la columna vertebral y tendrá efectos importantes. Es dividir las cargas en cincuenta por ciento y cincuenta por ciento”, dijo doña Eugenia.

La ministra de la Condición de la Mujer, Patricia Mora, no está de acuerdo con el proyecto. Dice que puede dejar desprotegidas a mujeres no asalariadas que se separan de su marido y a sus hijos.

"Es un proyecto mal planteado pues no admite las diferencias reales entre los ingresos de hombres y mujeres. Creo que puede crear un portillo que permitiría que mujeres no asalariadas, como las amas de casa, queden desprotegidas”.

Polémico y medio

El artículo del Código de Familia reformado quedaría así: “Ambas partes de la relación conyugal están obligadas a sufragar por igual los gastos que demanda la familia. Cada uno de ellos tiene la misma responsabilidad de manutención y cuido de los hijos.

“En caso de disolución del vínculo conyugal, si se determina que ambas partes ostentan la guarda crianza y educación de los menores, deberán asumir por igual los gastos de manutención. Si solo una de las partes queda a cargo de la custodia de los menores se reconoce su aporte en especie y debe aportar un 40% de los gastos que ellos devenguen y el restante 60% le corresponde al excónyuge. Regirá igual porcentaje de contribución a la manutención de los hijos habidos fuera de matrimonio”.

Franklin Arroyo

Franklin Arroyo

Periodista egresado de la Universidad Federada. Integra el equipo de Nuestro Tema de La Teja. Trabajó en el Periódico Al Día, corresponsal del diaro Marca para Centroamérica y editor de la revista TYT del Grupo Eka.

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