Las recientes noticias sobre cambios y los operativos de tránsito han puesto a correr a miles de dueños de bicimotos en Costa Rica.
Ante las nuevas exigencias de tener que contar con el registro del vehículo, contar con licencia, marchamo, revisión técnica (Dekra), la principal duda que tienen muchos es: ¿Cómo hago para inscribir mi bicimoto si cuando la compré me dijeron que no ocupaba nada de eso?
Para aclarar el panorama legal, conversamos con la abogada y notaria Karol Marchena Villegas, del Bufete Marchena y Vargas, quien detalló la ruta de trámites que, bajo la legislación actual, deben seguir los propietarios para poner sus vehículos a derecho y obtener la placa metálica categoría “BM” (Bicimoto).
1. El primer paso: demostrar que la bicimoto es suya
Según la experta, el requisito fundamental antes de ir a cualquier institución es contar con un título translativo de dominio. En palabras sencillas: usted debe demostrar legalmente cómo adquirió el vehículo y que es el dueño legítimo.
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El escenario de cada propietario define los documentos que necesita:
- Si la compró en un comercio: Debe contar con la factura electrónica. Esta factura es vital y debe incluir características esenciales del vehículo: número de serie o número VIN, tipo de cilindrada (motor), marca, color y capacidad de pasajeros.
- Si se la compró a un tercero (usada): No basta con tener la factura original a nombre de otra persona.
“Se necesita mínimo un documento entre las partes que llamaríamos contrato de compra y venta. Idealmente, debe ser protocolizado por un notario, pero por la informalidad con la que se ha manejado esto, se podría usar un contrato detallando las características del vehículo, adjuntando la factura original, para legalizar la transacción”, explica Marchena.
- Si la compró “de boca” (sin un solo papel): Este es el escenario más crítico. La abogada advierte que requeriría una declaración jurada notarial protocolizada, pero es muy poco probable que el Registro Nacional lo acepte. En estos casos, la persona está obligada a rastrear a quien se la compró para conseguir una firma o un documento que valide la pertenencia.
2. El DUA: la llave para iniciar el proceso
Una vez que usted tiene cómo comprobar que la bicimoto es suya, el siguiente paso es verificar el DUA (Documento Único Aduanero).
La abogada dice que el DUA es emitido por el Ministerio de Hacienda y establece el valor fiscal del vehículo tras su paso por aduanas. Algunas personas no cuentan con el DUA y están acudiendo a Hacienda con sus facturas para que les emitan este documento (el cual a veces se entrega en formato electrónico), ya que sin el DUA, es imposible avanzar a los siguientes pasos.
3. El laberinto de trámites: Dekra, INS y Registro
Si ya usted cuenta con su factura (o contrato) y el DUA, debe enfrentarse al sistema tradicional de inscripción de vehículos de primer ingreso en Costa Rica. La abogada Marchena detalla este “ida y vuelta” institucional:
- Primera visita a Dekra: Usted lleva el vehículo y el DUA. Los inspectores revisan las características y le entregan una “hoja de revisión” (aún no le dan el sticker porque no tiene placa).
- Primera visita al INS: Con el DUA y la hoja de Dekra, usted se presenta a pagar el marchamo correspondiente. Le entregarán un comprobante de pago, pero tampoco le darán el sticker.
- Trámite en el Registro Nacional: Con los pagos del INS y Dekra listos, un notario público debe redactar una escritura solicitando la inscripción del vehículo. El Registro revisa que todo esté pagado y en orden, inscribe la bicimoto y emite las placas metálicas.
- Segunda visita a Dekra: Con la placa metálica en mano, usted debe regresar a la estación para que, ahora sí, le entreguen su sticker de revisión técnica.
- Segunda visita al INS: Finalmente, con la placa y el sticker de Dekra, vuelve al INS para que le entreguen el sticker del marchamo.
La recomendación de la experta: “Empiecen a buscar los papeles”
La abogada fue muy sincera, lo primero que tienen que hacer los dueños de bicimotos es alistar los papeles para poder ponerlas en regla, sin ellos no van a poder.
“Sinceramente, en este momento lo que se les puede recomendar a las personas es que, primero que todo, tengan un título translativo de dominio, una factura o una compra y venta, algo que diga las características del vehículo y cómo lo obtuvo. Ese es el paso uno para empezar a hacer todo lo demás”, concluyó la abogada.

