El presidente Rodrigo Chaves vetó el proyecto de ley que pretendía que el Poder Judicial pudiera hacer allanamientos las 24 horas del día, los siete días de la semana, y los diputados lo resellaron, sin embargo, hubo un problema y los legisladores reaccionaron de una forma impensable.
El mandatario dijo que frenaba la iniciativa por motivos de constitucionalidad.
Luego del resello, el 1 de octubre pasado, la Sala Constitucional señaló errores a la Asamblea Legislativa en la tramitación del veto al expediente.
Diputada presentó un nuevo proyecto
Debido a eso, días después, la diputada liberacionista Montserrat Ruiz, con el apoyo de otras diputaciones, presentó un nuevo proyecto a la corriente legislativa que pretendía lo mismo que el anterior.
Ese expediente se dispensó de trámite y 20 días después de su presentación, este martes se votó en segundo debate con el apoyo unánime de todas las fracciones, incluido el oficialismo.
LEA MÁS: Huracán Melissa obliga al cierre de centros educativos en estas regiones del país
Que un proyecto de ley se apruebe en solo 20 días es algo muy poco común, algunos tardan años, pero en este caso se dio lo impensable.
“El expediente 25.232, aprobado en segundo debate hoy (martes), concreta la propuesta de levantar la franja horaria para realizar allanamientos”, señaló la diputada Ruiz.
LEA MÁS: Diputados piden justicia por Randall Gamboa, quien falleció tras ser deportado por Estados Unidos
Proyecto de ley urgía para mejorar la seguridad del país
La legisladora explicó que, luego de que la Sala señalara los errores, se hizo una valoración del tiempo de tramitación con ese expediente y llegaron a la conclusión de que era mejor presentar una iniciativa nueva.
“Considerando la urgencia del proyecto para la seguridad del país, se tomó la decisión de presentarlo nuevamente con el texto que construyó la comisión de Jurídicos después del veto”, dijo Ruiz.
LEA MÁS: Latina hacía una construcción en su casa y halló un descubrimiento arqueológico histórico
El proyecto lo que hace es reformar el artículo 193 del Código Penal y dice lo siguiente:
“Cuando el registro deba efectuarse en un lugar habitado, en sus dependencias, casa de negocio u oficina, el allanamiento y registro será realizado por el juez personalmente y podrá realizarse a cualquier hora y día de la semana, incluyendo días feriados; también podrá procederse a cualquier hora, cuando el morador o su representante consienta”.
También señala lo que se debe hacer cuando se requiera de la orden de un juez.
“Cuando se requiera orden de juez para practicar un allanamiento, presentada la solicitud, la persona juzgadora contará con el siguiente plazo para emitir la resolución:
-En los casos de tramitación ordinaria, el plazo máximo para resolver es de hasta tres días naturales.
-En procesos con declaratoria de procedimiento especial de criminalidad organizada o tramitación compleja, el plazo máximo de resolución será de hasta cinco días naturales.”
Con la aprobación en segundo debate, solo falta la firma del presidente para que se convierta en Ley de la República.


