La licencia de maternidad acaba de tener un cambio histórico en el país que todas las mamás deben conocer.
Los diputados aprobaron en segundo debate un proyecto de ley que modifica el Código de Trabajo y la Ley de Fomento de la Lactancia Materna, además, establece nuevas obligaciones para instituciones públicas, centros educativos y empleadores.
El fin de la nueva ley es defender los derechos de los niños y sus mamás, en una etapa tan vulnerable e importante para el desarrollo de los menores.
Ahora el documento solo debe ser firmado por el presidente, Rodrigo Chaves, para convertirse en Ley de la República.
La iniciativa, recién aprobada, mantiene la licencia remunerada de maternidad de un mes antes del parto y tres meses después, pero establece que será el primer año de vida del niño el que se considere como período mínimo de lactancia, y podrá prorrogarse cada tres meses por prescripción médica mientras el chiquito continúe alimentándose con leche materna.
La certificación médica de la lactancia podrá ser emitida tanto por profesionales del sector público como privado. Aplicará para lactancia directa, diferida, lactancia mixta o procesos de relactación.
También se aplicará en casos de adopción
La nueva legislación reconoce el derecho al período de lactancia en casos de adopción para facilitar procesos de inducción de lactancia. Eso sí, para ello debe existir una certificación profesional que indique el tiempo requerido para ese proceso.
También se hizo un cambio importante en los tiempos de lactancia. Las nuevas reglas establecen que las mamás deberán disponer de una hora diaria dentro de la jornada ordinaria para alimentar a su hijo. Habrá varias opciones para hacer uso de ese tiempo: 15 minutos cada dos horas, media hora dos veces al día, o ingresar una hora más tarde o salir una hora antes del trabajo.
LEA MÁS: Esto dicen Rodrigo Chaves y Laura Fernández sobre puesto que él ocuparía en el próximo gobierno
En el caso de jornadas extraordinarias, las mujeres en período de lactancia tendrán derecho a quince minutos adicionales cada tres horas, para alimentar a su bebé.
¡Atención empleadores!
La nueva ley hace también cambios que deberán tomar en cuenta los empleadores para evitar problemas legales a futuro.
El texto los obliga a procurar espacios durante la jornada laboral para la extracción de leche materna, con períodos mínimos de 25 minutos cada tres horas laborales. Estos tiempos deberán ser incluidos dentro del horario laboral, lo que quiere decir que serán pagados.
LEA MÁS: Si cada vez que trata de ayudar a su hijo a estudiar hay una pelea, esta información le interesa
El proyecto refuerza la legislación que obliga a las empresas a acondicionar espacios adecuados para la lactancia dentro de los centros de trabajo. Esos lugares deberán garantizar condiciones de privacidad e higiene, dentro de las posibilidades económicas de la empresa.
El proyecto también incorpora nuevas obligaciones a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), como por ejemplo la obligación de realizar capacitaciones de actualización profesional en materia de lactancia materna para el personal de salud que atiende embarazadas y personas menores de edad en período de lactancia.
Centros educativos deberán implementar cambios
La nueva ley también detalla obligaciones para el Ministerio de Educación Pública y las universidades públicas y privadas, que deberán establecer políticas educativas para promover la lactancia materna.
En cuanto a los centros educativos, estos deberán habilitar salas de lactancia o espacios privados, higiénicos y ventilados para que las madres estudiantes puedan alimentar directamente a sus hijos o extraerse leche.
Las estudiantes en período de lactancia tendrán derecho a permisos de ausencia de clases para alimentar a sus hijos o realizar la extracción de leche, sin que ello se considere una falta ni afecte su rendimiento académico.



