Nacional

¿Puede un ciudadano cortar un árbol que estorbe en la calle?

Ponga atención a esta información para que no se vaya a meter en una bronca

EscucharEscuchar

Si usted se ha preguntado alguna vez si un ciudadano puede cortar un árbol que esté estorbando en la calle, es importante que ponga atención a esta información para que evite meterse en una bronca.

El Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) aclaró que cualquier intervención que se desee dar a un árbol que esté en los derechos de vía de una ruta nacional, ya sea podarlo o cortarlo, debe contar con la debida autorización de ese ministerio para llevarse a cabo.

Esa institución es la titular del derecho de vía en la Red Vial Nacional y la única facultada para presentar la solicitud de corta ante el Ministerio de Ambiente y Energía.

En el caso de las podas, también deben ser autorizadas por el MOPT, ya que si es mal ejecutada, puede mutilar el árbol y convertirlo en un peligro en carretera.

Si una persona tiene la impresión de que un árbol representa un peligro en carretera, el procedimiento para su atención es hacer la solicitud de valoración ante la Dirección de Seguridad y Embellecimiento de Carreteras (DSEC), entidad que realiza una evaluación técnica de la situación, por parte del profesional en ingeniería forestal del MOPT, que determina si la solicitud es viable y define los parámetros para realizar la intervención.

Dichas solicitudes provienen de múltiples actores de la sociedad, tales como municipalidades, compañías de distribución eléctrica, empresas privadas, instituciones públicas, personas particulares, entre otros interesados, que requieran el trámite de aprobación de corta de árboles en rutas nacionales de todo el país.

De esta manera, cuando corresponda a una situación de riesgo, si tras la valoración del ingeniero forestal se determina que el o los árboles deben ser retirados por el peligro que representan para la vialidad, se coordina con la Gerencia de Conservación de Vías y Puentes del CONAVI para cortarlo o podarlo, a través de los contratos de conservación vial.

La madera obtenida, por este tipo de intervenciones, es resguardada y se entrega a través de un inventario al MINAE, según dicta la Ley Forestal.

Si el riesgo que el árbol representa causa afectación en la prestación de un servicio público, por ejemplo por su cercanía al cableado eléctrico, corresponde hacer el reporte a la institución que brinda el servicio. Son estas entidades las responsables de dar mantenimiento a los árboles cercanos a sus cableados u otros bienes, y son estas quienes deben coordinar con el MOPT el permiso correspondiente.

Para mayor información, aclarar dudas o realizar consultas, las entidades o personas interesadas pueden comunicarse al número 2283-1280, extensión 109.

Rocío Sandí

Rocío Sandí

Licenciada en Comunicación de Mercadeo de la Universidad Americana; Periodista de la Universidad Internacional de las Américas, con experiencia en Sucesos, Judiciales y Nacionales. Antes trabajó en La Nación y ADN Radio.

En beneficio de la transparencia y para evitar distorsiones del debate público por medios informáticos o aprovechando el anonimato, la sección de comentarios está reservada para nuestros suscriptores para comentar sobre el contenido de los artículos, no sobre los autores. El nombre completo y número de cédula del suscriptor aparecerá automáticamente con el comentario.