Leonidas López tiene 52 años y trabajó cuatro años continuos en una finca de la provincia de Limón. Ha sido liquidado antes, así que conoce el trámite. Pero esta vez algo no le cuadró, y llegó al Ministerio de Trabajo para pedir que le revisen las cuentas.
“Yo ya tenía varios años trabajando ahí y me habían liquidado otras veces, pero esta vez siento que me pagaron menos de lo que yo creo que me toca”, dice mientras espera su turno.
Su duda es una de las más comunes entre trabajadores costarricenses: pocas personas saben con exactitud cómo se calcula la cesantía, o por qué dos personas con historias parecidas terminan recibiendo montos distintos.
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Diego Delgado, funcionario del Ministerio de Trabajo, resume así de qué se trata: “Es una indemnización económica que se le da a la persona para que pueda sobrevivir algún tiempo mientras consigue un nuevo trabajo”. No es un premio ni un ahorro acumulado, aclara, sino una protección que contempla la ley.
La cesantía solo se reconoce cuando hay un despido con responsabilidad patronal. Si la persona renuncia, o si es despedida por una falta grave, pierde ese derecho, aunque pueda mantener otros como vacaciones o aguinaldo proporcional.
Cómo se calcula
El cálculo parte del promedio salarial de los últimos seis meses trabajados. De ahí sale el salario diario, que se multiplica por los días de cesantía que la ley reconoce según el tiempo laborado, contando solo años completos: de seis meses hacia arriba se redondea al año siguiente; de cinco meses hacia abajo, se queda en el año en curso.
Delgado advierte sobre un error frecuente: “Cuidado, no nos confundamos con el preaviso, porque en el preaviso son 15 días y en la cesantía son 14 días”. Después del primer año, la tabla asigna una cantidad de días por cada año completo trabajado, y esos días se multiplican por el total de años reconocidos.
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Por más años que alguien lleve en la misma empresa, la ley pone un límite. “El auxilio de cesantía solamente se paga durante ocho años. No se pagan más de ocho años”, explica el funcionario.
Sobre las calculadoras en internet, Delgado es tajante: “No es un dato exacto, eso solo un aproximado”. Según explica, la liquidación “es muy personal y depende de muchos factores de cada trabajador”: vacaciones pendientes, incapacidades, salario en especie, horas extra. Por eso recomienda hacer el cálculo completo a mano o acudir al Ministerio de Trabajo.
Lo que le respondieron a Leonidas
Cuando terminó su consulta, Leonidas obtuvo la explicación que buscaba. Aunque él sentía que sus cuatro años en la finca eran continuos, en ese tiempo ya había tenido dos liquidaciones previas. Y cada liquidación reinicia el conteo del tiempo laboral para efectos de cesantía, no se suman los años trabajados antes de cada corte, sino que el cálculo vuelve a empezar desde cero. Por eso el monto que recibió esta vez correspondía únicamente al tiempo trabajado desde su última liquidación, y no a los cuatro años completos que él tenía en mente.
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Más que un pago, una protección
Perder un empleo es, para la mayoría, un momento de incertidumbre económica y emocional. Es exactamente para casos como el de Leonidas que existe la cesantía, un respaldo temporal mientras se encuentra una nueva oportunidad laboral. Conocer cómo funciona este derecho ayuda a detectar errores reales y a entender, como en su caso, cuando el monto recibido sí es el correcto.
Si usted tiene dudas sobre su liquidación, puede acudir al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social más cercano para recibir orientación gratuita.
