El Registro Nacional envió un mensaje que es de vital importancia para todos los dueños de las bicimotos.
Ante el reciente cambio en las reglas para la circulación de estos vehículos, que ahora deben cumplir con los mismos requisitos de las motocicletas, miles de dueños de bicimotos andan corriendo para ponerlas en regla.
Uno de los nuevos requerimientos es que deben inscribirlas en el Registro Nacional.
La entidad informó que para inscribir una bicimoto se deben seguir los pasos que se siguen para inscribir cualquier otro tipo de vehículo y dio a conocer la guía.
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Requisitos generales para incribir las bicimotos
En la página 48 de esta se detallan los requisitos generales para inscribir vehículos terrestres.
“Cuando los vehículos se van a inscribir por primera vez, se debe aportar testimonio de escritura pública o solicitud, debidamente autenticada por la persona notaria pública. Indicándose las siguientes características: Marca, estilo, modelo, categoría, número de serie o chasis, VIN, año modelo, carrocería, capacidad, peso neto y bruto, color, número de motor, tipo de combustible, cilindrada, potencia. Cuando no se indique ninguna de ellas, deberá el registrador señalar el defecto, y si, por el contrario, se indica alguna que no conste en esta lista, se hará caso omiso a la misma”, detalla la guía.
“Hacer constar la transmisión electrónica del DUA de importación del vehículo, salvo cuando ello no sea posible por la naturaleza del bien o su uso”, agrega el documento.
Para revisar la guía completa puede ingresar al sitio web del Registro Nacional.
¿Para cuáles bicimotos aplican las nuevas reglas?
Las nuevas reglas aplican para los transportes de dos ruedas cuyo motor es de más de 50 cc o con una potencia superior a los 5 kW; todos ellos entran en la categoría de motocicletas, tengan o no pedales.
Desde hace tres años el Consejo de Seguridad Vial (Cosevi) anunció que estaba analizando la posibilidad de meter en cintura a las bicimotos porque los conductores de estas circulaban casi que por la libre como si anduvieran una bicicleta; sin embargo, ya cuando los vehículos tienen motor, el asunto es diferente.
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Las autoridades habían anunciado que buscaban marcar bien la cancha a las personas que usan bicimotos o bicicletas con motor. Luego de analizar bien el tema, se determinó que no era necesario hacer nuevas leyes o reglamentos porque los actuales eran suficientes; lo que sí hacía falta era aclarar el tema con los usuarios.
Según el Cosevi, la Ley de Tránsito establece que las bicimotos tienen las mismas reglas que las motos; esto quiere decir que para manejarlas se requiere:
- Revisión técnica.
- Licencia de conducir.
- Marchamo.
- Inscripción ante el Registro Nacional.
- Implementos de seguridad como el casco y chaleco reflectivo.

