La jornada 4x3 plantea una modificación importante al régimen laboral costarricense.
El expediente 24.290 propone crear una jornada excepcional ampliada que permitiría trabajar hasta 12 horas diarias durante cuatro días consecutivos y descansar tres días, manteniendo el límite semanal de 48 horas en jornada diurna.
No se trata de la jornada ordinaria vigente, sino de una modalidad excepcional que requeriría autorización bajo las condiciones que establezca la ley.
¿Quiénes podrían aplicarla? No sería para cualquier trabajador ni actividad. El proyecto está dirigido a casos excepcionales y calificados, vinculados con actividades que por su naturaleza requieran continuidad u horarios extendidos, y contempla exclusiones para labores que impliquen determinadas condiciones de riesgo.
Un punto esencial es la voluntariedad. El texto establece que el traslado de una jornada ordinaria a la excepcional debe ser voluntario. Por ello, la negativa del trabajador, por sí sola, no debería convertirse en una causa legítima de despido ni justificar represalias. Cualquier despido basado en esa negativa tendría que analizarse conforme a las garantías del Código de Trabajo.
LEA MÁS: Bolados Legales: ¿Por qué el chisme puede convertirse en un problema grave dentro de una empresa?
¿Y las horas extra? Aquí está una de las diferencias fundamentales. La jornada excepcional puede extenderse hasta 12 horas diarias, pero esas horas forman parte de la propia modalidad y no se consideran, por ese solo hecho, tiempo extraordinario.
Precisamente por ello, el proyecto establece una remuneración diferenciada: un 17% adicional para la jornada diurna o mixta y un 25,5% para la nocturna, calculados en los términos previstos en la propuesta.
En consecuencia, la discusión jurídica no es simplemente trabajar cuatro días y descansar tres, si es diurna o mixta, o trabajar tres días y descansar cuatro, si es nocturna. Lo relevante será determinar quién puede acogerse, bajo qué controles, cómo se garantiza la voluntariedad y qué protección efectiva tendrá la persona trabajadora.
Doctor Kendall Ruiz, teléfono 8453-8989.

