Sucesos

Declaran culpable a trabajador de Recope por sabotaje en planta de Moín durante la huelga

El Tribunal de Flagrancias de Limón le metió dos años de prisión.

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Un trabajador de mantenimiento de Recope, identificado como Carlos Pérez Sánchez, de 27 años, fue condenado a dos años de prisión esta noche por intentar sabotear la descarga de gas desde un buque a la planta de Moín, en Limón.

Así lo determinó el Tribunal de Flagrancias de Limón, al concluir un juicio en el cual se juzgó un hecho ocurrido el martes 11 de setiembre cuando en el país y en el Caribe se realizaban manifestaciones violentas en contra de la reforma fiscal.

El juez indicó que recibió cinco testimonios fundamentales para condenar Pérez.

"Carlos está siendo condenado no porque alguien lo viera, sino porque los indicios van en una única dirección. Es innegable que fue detenido en la persecución, en flagrancia“, declaró el juez.

“No hace falta ser un experto en criminalística para determinar que la persona que desenganchó los tubos de la válvula fue Carlos Andrés Pérez Sánchez y que la presión que llevan esos tubos es la que impregna a quien los desconecta”, agregó Céspedes.

Él fue descubierto en el sitio del sabotaje (una esfera de almacenamiento de gas) y capturado a tan solo 400 metros de distancia cuando intentaba escapar. Llevaba puesto el uniforme de trabajo.

Esa noche, Pérez dijo de manera espontánea ”ando con otras personas”, lo cual hace pensar a las autoridades que en el hecho participaron varios individuos.

Durante el debate que se inició el 5 de octubre, personeros de la Refinadora Costarricense de Petróleo aseguraron que los daños en la válvula de la esfera ascendieron a ¢600.000.

Ante la emergencia se interrumpió la descarga desde los dos barcos que traían el gas licuado de petróleo (GLP). Eso implicó un atraso de 20 horas en las labores por lo que Recope tuvo que pagar ¢15 millones a las navieras.

El delito por el cual se castiga a Pérez se llama atentado contra plantas, conductores de energía y de comunicaciones, previsto en el artículo 260 del Código Penal.

Este delito castiga con prisión de uno a cuatro años al que atente “contra plantas, obras e instalaciones destinadas a la producción o transmisión de energía eléctrica o de sustancias energéticas”, según lo fija el 255 del Código Penal.

El 5 de octubre, durante el juicio, José Ramón Morales, abogado de Recope, declaró que si hubiese ocurrido una explosión, la onda expansiva habría llegado hasta Matina, a 30 kilómetros de distancia.

“En el momento en que desarman la válvula había un barco bombeando gas a alta presión hacia la esfera. Si los funcionarios que realizaban esa labor no descubren un reguero de aceite hidráulico y suspenden el trabajo, se hubiera liberado gas a la atmósfera. Eso podría causar un incendio cuya onda expansiva podría llegar a Matina y cualquier objeto que recibiera el golpe de esa alta temperatura, como vehículos, explotaría. La situación sería igual a la explosión de una pequeña bomba nuclear”, detalló Morales ante el juez.

Pérez Sánchez tiene ocho años de laborar en Recope, en el área de Mantenimiento de Instrumentos, con un salario de ¢400.000, según dijo. Ahora, se expone al despido sin responsabilidad patronal.

Carlos Arguedas C.

Carlos Arguedas C.

Periodista en la sección de Sucesos. Trabaja en La Nación desde el 2000 siempre en la cobertura de asuntos de Sucesos y Jurídicos.

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