Sucesos

Que no lo bailen: Me despidieron. ¿Cuáles son mis derechos laborales?

Aprenda cómo defenderse ante un despido

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La primera cuestión que debe conocerse ante un despido es si este se debió a una falta de la persona trabajadora, o si fue el patrono el que decidió que no continuara brindándole sus servicios.

Cuando es el trabajador el que termina el contrato laboral, por medio de la renuncia, le corresponde el aguinaldo proporcional, de acuerdo al tiempo que laboró durante el año, igualmente las vacaciones deben pagarse de manera obligatoria. El patrono está obligado a pagar el aguinaldo y las vacaciones, aunque exista renuncia o se trate de un despido.

La responsabilidad laboral, por su parte, la asume el patrono cuando el trabajador ha laborado de manera correcta y se deja sin efecto su contrato de trabajo por decisión de la empresa. En dichos casos se dice que existe despido con responsabilidad laboral, por lo que además del aguinaldo y vacaciones, deberá cancelar la cesantía y el preaviso, sobre todo en los casos en que el despido se realiza de manera inmediata sin dar el plazo de un mes previsto por la ley para que el trabajador pueda buscar trabajo.

Si es el trabajador, el que decide retirarse sin alertar al patrono de la existencia de un nuevo trabajo, debe reconocerle al patrón el rebajo de preaviso, dentro de la liquidación respectiva.

Recuerde que en caso de que se demuestre la existencia de malas intenciones de alguna de las partes, pueden exigirse los daños y perjuicios en una sede laboral, donde se valorará un monto específico para los salarios caídos. El juez también puede reconocer el daño moral por lo que siempre es bueno incluirlo al hacer su petición.

Recuerde, para que no lo bailen, que hasta el 20 de diciembre vence el plazo para el pago de aguinaldo por lo que de no recibirlo puede acudir al Ministerio de Trabajo.

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