Si usted es contribuyente, tome en cuenta que este viernes 24 de octubre es la fecha límite para un trámite importante en la plataforma TRIBU-CR.
Según informó el Colegio de Contadores Públicos, producto de la implementación del nuevo Sistema Integrado de Gestión Tributaria TRIBU-CR, que entró en vigencia el 6 de octubre, se trasladó por una única vez el plazo para la presentación y pago de las declaraciones autoliquidativas correspondientes a setiembre, y las declaraciones informativas correspondientes a julio y agosto del presente año.
Eso quiere decir que los contribuyentes tienen hasta este 24 de octubre para cumplir con esas obligaciones tributarias, de acuerdo a una resolución emitida por el Ministerio de Hacienda.
LEA MÁS: Diego Miranda rechaza sanción del Concejo Municipal de San José
“Esta resolución amplía el plazo de presentación para garantizar seguridad jurídica tanto a los contribuyentes como a la Administración Tributaria, considerando la migración de información y la deshabilitación temporal de los sistemas anteriores”, explicó Dunia Zamora, presidenta del Colegio.
Zamora dijo, además, que los contribuyentes que presenten las declaraciones a más tardar el 24 de octubre de 2025 no incurrirán en infracciones por presentación tardía ni se les aplicarán intereses, siempre que lo hagan mediante el sistema TRIBU-CR.
En cuanto a cualquier presentación posterior a esa fecha, estará sujeta a las sanciones por omisión o presentación tardía, según lo establecido en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios.
Formularios que aplican en la ampliación del plazo
Entre las declaraciones autoliquidativas que podrán presentarse hasta el 24 de octubre de 2025 se encuentran:
- Declaraciones sobre retenciones e impuestos asociados a servicios digitales transfronterizos.
- Retenciones sobre salarios, jubilaciones y otros pagos laborales.
- Impuesto al valor agregado.
- Impuestos sobre rentas de capital mobiliario, inmobiliario, y ganancias de capital.
- Impuesto sobre las utilidades de las loterías nacionales.
- Impuesto selectivo de consumo y otros impuestos específicos.
LEA MÁS: El 5 de diciembre se le pagará el aguinaldo a los empleados del Estado
- Contribución parafiscal a la Cruz Roja.
- Impuesto a la venta y autoconsumo de cemento.
- Impuesto sobre casinos.
- Impuesto a los productos del tabaco.
- Impuesto a los vapeadores y accesorios.
Las declaraciones de impuestos presentadas, pero pendientes de pago de periodos anteriores a septiembre 2025, pueden ser pagadas por medio de la plataforma TRIBU-CR con un débito en tiempo real (DTR), o en ventanillas de las entidades financieras autorizadas.
Si las declaraciones no han sido presentadas, los contribuyentes deberán declarar por medio de TRIBU-CR.
Si al presentar las declaraciones le aparecen créditos que no corresponden según su contabilidad, debe presentarse una solicitud de revisión por medio de TRIBU-CR en la sección “Solicitudes y expedientes”, en la opción “Saldos migrados disponibles”.
Muchos contribuyentes se han quejado de problemas con el nuevo sistema, incluso han pedido que se deshabilite, sin embargo, Hacienda lo mantiene y es necesario cumplir con los procedimientos, en las fechas establecidas, para evitar sanciones.