Finanzas y tecnología

El 24 de octubre es la fecha límite para un importante trámite de los contribuyentes en TRIBU-CR

Aquí le damos los detalles del trámite en TRIBU-CR para que no le cobren intereses

EscucharEscuchar
En la imagen una calculadora que dice Tribu-CR
Cuidado se le pasa el 24 de octubre sin presentar estas declaraciones. (Shutterstock)

Si usted es contribuyente, tome en cuenta que este viernes 24 de octubre es la fecha límite para un trámite importante en la plataforma TRIBU-CR.

Según informó el Colegio de Contadores Públicos, producto de la implementación del nuevo Sistema Integrado de Gestión Tributaria TRIBU-CR, que entró en vigencia el 6 de octubre, se trasladó por una única vez el plazo para la presentación y pago de las declaraciones autoliquidativas correspondientes a setiembre, y las declaraciones informativas correspondientes a julio y agosto del presente año.

Eso quiere decir que los contribuyentes tienen hasta este 24 de octubre para cumplir con esas obligaciones tributarias, de acuerdo a una resolución emitida por el Ministerio de Hacienda.

“Esta resolución amplía el plazo de presentación para garantizar seguridad jurídica tanto a los contribuyentes como a la Administración Tributaria, considerando la migración de información y la deshabilitación temporal de los sistemas anteriores”, explicó Dunia Zamora, presidenta del Colegio.

En la imagen, alguien anotando en una libreta con una calculadora
Revise bien lo que tiene pendiente para que no se le acumulen declaraciones y le cobren intereses. (Shutterstock)

Zamora dijo, además, que los contribuyentes que presenten las declaraciones a más tardar el 24 de octubre de 2025 no incurrirán en infracciones por presentación tardía ni se les aplicarán intereses, siempre que lo hagan mediante el sistema TRIBU-CR.

En cuanto a cualquier presentación posterior a esa fecha, estará sujeta a las sanciones por omisión o presentación tardía, según lo establecido en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios.

Entre las declaraciones autoliquidativas que podrán presentarse hasta el 24 de octubre de 2025 se encuentran:

- Declaraciones sobre retenciones e impuestos asociados a servicios digitales transfronterizos.

- Retenciones sobre salarios, jubilaciones y otros pagos laborales.

- Impuesto al valor agregado.

- Impuestos sobre rentas de capital mobiliario, inmobiliario, y ganancias de capital.

- Impuesto sobre las utilidades de las loterías nacionales.

- Impuesto selectivo de consumo y otros impuestos específicos.

En la imagen alguien usando una computadora
Mucha gente se ha quejado del nuevo sistema, pero lo cierto es que hay que cumplir con las declaraciones pese a los problemas. (Shutterstock)

- Contribución parafiscal a la Cruz Roja.

- Impuesto a la venta y autoconsumo de cemento.

- Impuesto sobre casinos.

- Impuesto a los productos del tabaco.

- Impuesto a los vapeadores y accesorios.

Las declaraciones de impuestos presentadas, pero pendientes de pago de periodos anteriores a septiembre 2025, pueden ser pagadas por medio de la plataforma TRIBU-CR con un débito en tiempo real (DTR), o en ventanillas de las entidades financieras autorizadas.

Si las declaraciones no han sido presentadas, los contribuyentes deberán declarar por medio de TRIBU-CR.

Si al presentar las declaraciones le aparecen créditos que no corresponden según su contabilidad, debe presentarse una solicitud de revisión por medio de TRIBU-CR en la sección “Solicitudes y expedientes”, en la opción “Saldos migrados disponibles”.

Muchos contribuyentes se han quejado de problemas con el nuevo sistema, incluso han pedido que se deshabilite, sin embargo, Hacienda lo mantiene y es necesario cumplir con los procedimientos, en las fechas establecidas, para evitar sanciones.

Rocío Sandí

Rocío Sandí

Licenciada en Comunicación de Mercadeo de la Universidad Americana; Periodista de la Universidad Internacional de las Américas, con experiencia en Sucesos, Judiciales y Nacionales. Antes trabajó en La Nación y ADN Radio.

En beneficio de la transparencia y para evitar distorsiones del debate público por medios informáticos o aprovechando el anonimato, la sección de comentarios está reservada para nuestros suscriptores para comentar sobre el contenido de los artículos, no sobre los autores. El nombre completo y número de cédula del suscriptor aparecerá automáticamente con el comentario.